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Documento BORME-C-2022-6756

PROPIEDADES LIRA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PLAZA DE COMPOSTELA XXI, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 205, páginas 8100 a 8100 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-6756

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), se hace público que los Socios de la sociedad PROPIEDADES LIRA, S.L. (la "Sociedad Absorbente") han aprobado por unanimidad, en fecha 13 de octubre de 2022, la fusión por absorción de PLAZA DE COMPOSTELA XXI, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida"), sociedad íntegramente participada por PROPIEDADES LIRA, S.L. En adelante, ambas sociedades serán referidas conjuntamente como las "Sociedades Intervinientes".

Como consecuencia de la fusión se producirá la extinción de PLAZA DE COMPOSTELA XXI, S.L.U. y la transmisión en bloque de su patrimonio social a PROPIEDADES LIRA, S.L., que lo adquirirá por sucesión universal, subrogándose en los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio social. Todo ello de conformidad con el proyecto común de fusión, redactado y suscrito por los administradores de las Sociedades Intervinientes el 30 de junio de 2022. Los balances tomados como base para la fusión se corresponden con los balances de las Sociedades Intervinientes cerrados a 31 de diciembre de 2021. En consecuencia, las operaciones de la Sociedad Absorbida se entenderán realizadas a efectos contables por la Sociedad Absorbente a partir del día 1 de enero de 2022.

Dado que la Sociedad Absorbida se encuentra íntegramente participada de forma directa por la Sociedad Absorbente, es de aplicación el régimen simplificado previsto en el artículo 49.1 LME.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las Sociedades Intervinientes a obtener, de manera gratuita, el texto íntegro del acuerdo de aprobación de la fusión y de los balances de fusión, en el domicilio social de cualquiera de las Sociedades Intervinientes.

En virtud del artículo 44 de la LME, se reconoce el derecho de los acreedores que se encuentren en alguno de los supuestos legales, a oponerse a la fusión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último de los anuncios del acuerdo de fusión.

Madrid, 21 de octubre de 2022.- El Administrador Solidario de Propiedades Lira, S.L., D. Eduardo Davila Vega.

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