Está Vd. en

Documento BORME-C-2022-6796

INETUM NORTE, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SAVAC CONSULTORES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 206, páginas 8149 a 8149 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-6796

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, LME), hace público que el socio único de Inetum Norte, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente") adoptó la decisión, con fecha 10 de octubre de 2022, de llevar a cabo la fusión por absorción de la entidad mercantil, SAVAC Consultores, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida") de conformidad con lo previsto en el artículo 52.1 de la LME, al estar ambas sociedades íntegramente participadas por el mismo socio. La fusión se ajusta estrictamente a los términos del proyecto común de fusión por absorción redactado por los Órganos de Administración de ambas entidades el pasado día 30 de junio de 2022. La fusión implica la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, que se extinguirá tras traspasar en bloque y a título universal todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad.

Todo ello, de conformidad con los balances de fusión de ambas sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2021, debidamente aprobados; y con el proyecto común de fusión suscrito y aprobado el 30 de junio de 2022 por los órganos de administración de sendas sociedades, y depositado en el Registro Mercantil de Madrid.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Fusión

Asimismo, por medio del presente se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de obtener el texto íntegro de la decisión de fusión adoptada por el socio único de la absorbente y del balance de fusión, así como el derecho de oposición que, en los términos del artículo 44 de la LME, le pueda corresponder a aquellos acreedores a quienes la fusión perjudique. No obstante, no gozarán de este derecho los acreedores cuyos créditos se encuentren ya suficientemente garantizados.

Madrid, 26 de octubre de 2022.- Inetum España, S.A. representado por Don Carlos María Muñoz Pérez, en su condición de Administrador Único de la sociedad absorbente y de la sociedad absorbida.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid