Está Vd. en

Documento BORME-C-2022-6795

INETUM ESPAÑA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ROFF ESPAÑA CONSULTORES INDEPENDIENTES, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 206, páginas 8148 a 8148 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-6795

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, LME), se hace público que la Junta General de Inetum España, S.A. (la "Sociedad Absorbente"), con fecha 10 de octubre de 2022, ha aprobado, por unanimidad, la fusión por absorción de la entidad Roff España Consultores Independientes, S.A. (la "Sociedad Absorbida) por parte de la Sociedad Absorbente, con disolución sin liquidación de aquélla, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio y de sus activos y pasivos por parte de la sociedad absorbente.

Asimismo, se hace constar que la modalidad de fusión es la de fusión por absorción prevista en el artículo 23.2 de la LME, y de fusión simplificada prevista en el artículo 49 de la citada Ley, al tratarse de una fusión de sociedad íntegramente participada ya que la Sociedad Absorbente es titular directa del 100% del capital social de la Sociedad Absorbida.

La decisión de fusión, conforme al proyecto común de fusión redactado por los Administradores de la Sociedad Absorbente y por el Administrador único de la Sociedad Absorbida, ha sido adoptada por los accionistas de la Sociedad Absorbente sin que sea necesaria la aprobación de la fusión por la Sociedad Absorbida (artículo 49.1.4º LME), y, en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

Todo ello, de conformidad con los balances de fusión de ambas sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2021, debidamente aprobados; y con el proyecto común de fusión suscrito y aprobado el 30 de junio de 2022 por los órganos de administración de sendas sociedades, y depositado en el Registro Mercantil de Madrid.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Fusión. Asimismo, los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 de la LME. No obstante, no gozarán de este derecho los acreedores cuyos créditos se encuentren ya suficientemente garantizados

Madrid, 26 de octubre de 2022.- El Secretario del Consejo de Administración de Inetum España, S.A., Cyril Malher.- e Inetum España, S.A. representada por Don Carlos María Muñoz Pérez, en su condición de Administrador Único de la sociedad absorbida.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid