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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), se hace público que el socio único de la sociedad SEDWICK CORPORATE, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente") y el socio único de la sociedad CERET SEDWICK, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida") aprobaron el día 1 de julio de 2022 su fusión, mediante la absorción por parte de la Sociedad Absorbente de la Sociedad Absorbida con la consiguiente disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y el traspaso en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente.
En la medida en que tanto la Sociedad Absorbida como la Sociedad Absorbente son sociedades íntegramente participadas de forma directa o indirecta por el mismo socio y que la fusión ha sido aprobada por decisión del socio único de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, la fusión se ha aprobado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 49.1 de la LME por remisión del artículo 52.1 de la LME.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores sociales de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos señalados en el artículo 44 de la LME.
Madrid, 23 de noviembre de 2022.- Los Administradores Mancomunados de Sedwick Corporate, S.L.U. y Ceret Sedwick, S.L.U. Sondasol Spain, S.L. y Eólica de Málaga, S.L.U., debidamente representadas por sus representantes personas físicas, D. Íñigo Gortázar Sánchez-Torres y D. Juan Ignacio Martí Junco.
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