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Documento BORME-C-2022-839

ALFA HEAD CORPORATION, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
AGRI TECHNOLOGY INVESTIGATION, S.L. VITO CONTROL, S.L. PLANT ADVANCED MOTION, S.L. SIGMA INTERNATIONAL SOLUTION, S.L. AGROGREENDAY, S.L. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 47, páginas 1049 a 1049 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-839

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público las Juntas Generales Universales de las sociedades Agri Technology Investigation, S.L., Vito Control, S.L., Plant Advanced Motion, S.L., Sigma International Solution, S.L., Agrogreenday, S.L. ejerciendo las competencias de la Junta General aprobaron por unanimidad el día 1 de Junio del 2021 la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de las sociedades Absorbidas Agri Technology Investigation, S.L., Vito Control, S.L., Plant Advanced Motion, S.L., Sigma International Solution, S.L., Agrogreenday, S.L., a favor de la Sociedad Absorbente Alfa Head Corporation, S.L., quien adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de las Sociedades Absorbidas, todo ello en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 1 de Junio del 2021, elaborado conjuntamente por el órgano de administración de las sociedades intervinientes.

Las operaciones de fusión por absorción aprobadas implican la extinción sin liquidación de la Sociedades Absorbidas y la transmisión en bloque de su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que lo adquiere por sucesión universal.

La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 42 LME, por tanto, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil, ni la elaboración de informe de administradores sobre aquél.

De conformidad con los artículos 43 y 44 LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades de examinar en los domicilio sociales, o de pedir la entrega o envío gratuito, de copia de los documentos que se relacionan en el art 39 de la LME, así como de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión; y el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

En Paterna (Valencia), 15 de febrero de 2022.- El Administrador único de las sociedades intervinientes en la fusión, Don Mohamed Kamel Mohamed.

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