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Documento BORME-C-2023-387

CAR-AMAL, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
DEHESA TÓRTOLAS, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 25, páginas 470 a 470 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-387

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se comunica que la Junta General Extraordinaria y Universal de "Car-Amal sociedad limitada" (sociedad parcialmente escindida), celebrada el 1 de enero de 2023, acordó por unanimidad la escisión parcial sin extinción de "Car-Amal sociedad limitada", mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio constituido por una unidad de negocio autónomo dedicada a la actividad agrícola, a la sociedad beneficiaria y de nueva creación "Dehesa Tórtolas sociedad limitada", la cual se constituirá simultáneamente, adquiriendo por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido.

Como consecuencia de la escisión parcial, la sociedad escindida "Car-Amal sociedad limitada", reducirá su capital social en la cuantía necesaria modificando el artículo 6 relativo a la cifra de capital social de los Estatutos Sociales.

Así mismo, como consecuencia de la escisión parcial, los actuales socios de la sociedad escindida recibirán participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación en igual proporción cuantitativa y cualitativa a su respectiva participación en la sociedad escindida.

En virtud del artículo 42 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios de la sociedad escindida y por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 78 bis de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión ni es necesario el informe de los Administradores sobre el mismo, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 42, 73 y 78 bis de la citada Ley.

No obstante, se hace constar que el acuerdo de escisión parcial contiene el detalle de los elementos de activo y pasivo que componen el patrimonio escindido transmitido a la sociedad beneficiaria de nueva creación "Dehesa Tórtolas sociedad limitada".

En cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles y 334 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial adoptado, así como el derecho que les corresponde de oponerse a la escisión parcial con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de escisión parcial, en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Lagartera, 2 de enero de 2023.- Administrador solidario, María Rosario Jiménez Iglesias.

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