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Documento BORME-C-2023-5025

NEORGANDI BUSINESS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NEOPROXIMARKET BUSINESS, S.L.
NEXTINVEX BUSINESS, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 141, páginas 6075 a 6075 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-5025

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME), se anuncia que los socios de la sociedad, NEORGANDI BUSINESS, S.L. (la "Sociedad Absorbente") por acuerdos aprobados por unanimidad de la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la sociedad, con fecha 30 de junio de 2023, y el socio único de NEOPROXIMARKET BUSINESS, S.L. y el socio único de NEXTINVEX BUSINESS, S.L. (conjuntamente las "Sociedades Absorbidas"), en ejercicio de las competencias propias de la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de dichas sociedades, con fecha de 30 de junio de 2.023, han acordado la fusión por absorción de las Sociedades Absorbidas por parte de la Sociedad Absorbente, esto es, NEORGANDI BUSINESS, S.L., que adquirirá, por sucesión universal, el patrimonio, así como, todos los derechos y obligaciones afectos al mismo, de las Sociedades Absorbidas, que quedarán disueltas sin liquidación como consecuencia de la referida operación de fusión, circunstancia que conllevará la extinción de las mismas.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado ajustándose estrictamente al proyecto común de fusión redactado y suscrito por todos los miembros del órgano de administración de las sociedades intervinientes con fecha 30 de junio de 2023.

Se hace constar el derecho que asiste a todos los socios y acreedores a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y los balances de fusión, así como el derecho de los socios y representantes de los trabajadores que así lo soliciten por cualquier medio admitido en Derecho al examen en el domicilio social de copia íntegra de los documentos relacionados con la fusión, así como a la entrega o al envío gratuitos de un ejemplar de cada uno de ellos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 39 y 43 LME.

También se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, en los términos señalados en el artículo 44 LME.

En Madrid, 17 de julio de 2023.- El Administrador Único de Neorgandi Business, S.L. y de Neoproximarket Business, S.L. y Nextinvex Business, S.L, Don Cliff Nicolas Wagner.

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