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Documento BORME-C-2023-7130

FANAIR, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
FAN DUCT, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 226, páginas 8537 a 8537 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-7130

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se anuncia que las Juntas Generales de socios, de la sociedad escindida y de la sociedad beneficiaria, celebradas con carácter universal el 20 de julio de 2023, han aprobado por unanimidad la escisión parcial de Fanair, S.L., sin extinción de la misma, mediante su traspaso, en bloque y por sucesión universal, del patrimonio afecto a la actividad de fabricación de conductos para la distribución de aire en aparatos de ventilación, refrigeración, aire acondicionado y calefacción, a favor de la sociedad preexistente Fan Duct, S.L., que adquiere todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido, con arreglo a los Balances de Escisión cerrados a 31 de diciembre de 2022.

La escisión parcial se realiza conforme al procedimiento previsto en el artículo 42 de la LME, por lo que se hace constar que nos es preceptivo el depósito previo del proyecto de escisión en el Registro Mercantil, ni el informe de los administradores sobre aquel.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos previstos en la Ley 3/2009.

Madrid, 23 de noviembre de 2023.- El Administrador Único de la Escindida, parcialmente, y de la Beneficiaria, José Serrano Cogolludo.

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