Está Vd. en

Documento BORME-C-2023-793

ALCURNIA ALIMENTACIÓN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ALCURNIA PROMOCIONES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 46, páginas 979 a 979 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-793

TEXTO

a los efectos previstos en el art. 43 de la Ley 3/2009 se hace público que el socio único de las sociedades absorbente y absorbida aprobó en junta general universal el día 24 de febrero de 2023 la fusión entre ALCURNIA ALIMENTACIÓN, S.L.U. – como sociedad absorbente- y ALCURNIA PROMOCIONES, S.L.U., –como sociedad absorbida- con transmisión a título universal del patrimonio de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente y la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida.

La titularidad del capital social de las sociedades participantes en la fusión se encuentra en manos del mismo socio único. En consecuencia, la sociedad absorbente y la sociedad absorbida, están íntegramente participadas por el mismo socio único de forma directa, por lo que, según lo establecido en el art. 52.1 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), a esta fusión le resulta aplicable lo dispuesto para la absorción de sociedades íntegramente participadas en el art. 49.1 de la citada Ley. No obstante, se acuerda la ampliación de capital social de la sociedad absorbente modificando, en consecuencia, el artículo 5º de sus Estatutos sociales. Asimismo, se acuerda la ampliación del Objeto social con la consiguiente modificación del artículo 2º de los Estatutos sociales de la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión se ajusta íntegramente a los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por el administrador único, que es el mismo en las dos sociedades participantes en la fusión.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 43 LME, se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el art. 44 LME, durante un plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión.

Murcia, 27 de febrero de 2023.- El Administrador único de Alcurnia Alimentación, S.L.U., y de Alcurnia Promociones, S.L.U, D. José María García Gomariz.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid