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Documento BORME-C-2023-794

APARCA OPERATIVA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SALTO DE LANCIEGO, S.L.U.
APARCA INVERSIONES Y PROYECTOS, S.L.U.
ACACIA INVERSIONES RENOVABLES, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 46, páginas 980 a 980 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-794

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el 15 de febrero de 2023, el socio único de Aparca Operativa, S.L.U. ("Sociedad Absorbente"), en ejercicio de sus competencias, ha decidido aprobar la fusión por absorción de Salto de Lanciego, S.L.U., de Aparca Inversiones y Proyectos, S.L.U. y de Acacia Inversiones Renovables, S.L.U. (conjuntamente, las "Sociedades Absorbidas"), de conformidad con el proyecto común de fusión redactado y firmado por los administradores de las Sociedades Absorbidas y la Sociedad Absorbente con fecha 15 de febrero de 2023. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, con extinción de las mismas.

La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 42 LME, por tanto, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil, ni la elaboración de informe de administradores sobre aquél.

A los efectos anteriores, se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 49 en relación con el artículo 52.1 LME.

De conformidad con lo preceptuado en los artículos 43 y 44 LME, se hace constar expresamente del derecho que asiste a los socios, acreedores y demás interesados que así lo soliciten por cualquier medio admitido en Derecho de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión, así como a oponerse a la fusión por absorción con los efectos legalmente previstos en el plazo de un (1) mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción.

Madrid, 22 de febrero de 2023.- Los administradores mancomunados de Aparca Operativa, S.L.U. (Sociedad Absorbente), y de Salto de Lanciego, S.L.U., Aparca Inversiones y Proyectos, S.L.U. y Acacia Inversiones Renovables, S.L.U (Sociedades Absorbidas), Íñigo Bilbao Líbano, Constantino Sotelo Vázquez y Pablo Goizueta Hernández.

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