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Documento BORME-C-2024-802

TRIVALIS 2003, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LUNARES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 52, páginas 1003 a 1003 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-802

TEXTO

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas entre otras, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público que los socios de TRIVALIS 2003, S.L.. (sociedad absorbente), socio único de la sociedad LUNARES, S.L.U. (sociedad absorbida) ejerciendo las competencias que tienen atribuidas, han adoptado en ambas sociedades, con fecha 21 de febrero de 2024, la decisión de aprobar la fusión por absorción de LUNARES, S.L.U., por parte de TRIVALIS 2003, S.L., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por el órgano de administración de ambas sociedades con fecha 1 de febrero de 2024, y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del citado texto, al tratarse de una fusión por absorción en la que la sociedad absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la sociedad absorbida. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones del artículo del 53.1.1º del citado texto (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente, y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta general de la sociedad absorbida.

Se hace constar el derecho que asiste al socio único y a los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y de los balances de fusión presentados. De acuerdo con el artículo 13 de la LME, los acreedores de cada una de las sociedades podrán realizar las actuaciones previstas en dicho artículo que resulten de aplicación, en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión.

En Madrid, 8 de marzo de 2024.- El Administrador Único de la sociedad absorbente, D. Fernando Reguero Manjón.

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