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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), se hace público para general conocimiento, lo siguiente:
Que las respectivas sociedades, AUTOTUNING ARANDA S.L.U. y ALMACEN DE RECAMBIOS PAHER S.A., (esta última participa en el cien por cien del capital social de la compañía AUTOTUNING ARANDA S.L.U.), en decisión adoptada por la Junta General Universal de cada una de ellas, el 27 de junio de 2025, ambas acordaron por unanimidad la fusión impropia por absorción de la sociedad AUTOTUNING ARANDA S.L.U. (sociedad absorbida), por parte de ALMACEN DE RECAMBIOS PAHER S.A. (sociedad absorbente) con la entera transmisión en bloque del patrimonio social de la sociedad absorbida, que se extinguirá, mediante la disolución sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente, todo ello en los términos del proyecto común de fusión impropia suscrito por unanimidad el mismo día 27 de junio de 2025 por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión, y aprobado por unanimidad en junta general y universal de 27 de junio de 2025 por todos los socios de la sociedad absorbente, y por el socio único de la sociedad absorbida.
Se han aprobado como balances de fusión el cerrado a 31 de diciembre de 2024 de cada una de las compañías participantes en la fusión y aprobado igualmente por unanimidad en su respectiva junta general de 27 de junio de 2025.
La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del Real Decreto-Ley 5/ 2023, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida, considerándose como un supuesto de fusión por absorción de sociedad íntegramente participada, pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones especiales. De acuerdo con la LME, no procede establecer tipo de canje de las participaciones, ni ampliar el capital de la sociedad absorbente, ni informe de administradores, ni de expertos sobre el proyecto de fusión.
De conformidad con lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto-Ley 5/2023, no ha sido necesaria la publicación y depósito previo de los documentos exigidos por la ley.
Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades participantes a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de fusión y balance de fusión en los términos del artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de la sociedad, donde podrán consultarlos o solicitar su entrega o envío gratuitos.
Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.
Se hace constar el derecho de protección a los socios y de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos 13 y 14 del Real Decreto-Ley 5/2023.
Valladolid, 30 de junio de 2025.- Presidente Consejo de Administración Almacén de Recambios Paher SA y Autotuning Aranda SLU, Ramón Regueira Otero.
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