De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, "RDL 5/2023") se hace público que el día 8 de octubre de 2025 los cuatro socios que ostentaban cada uno el 25 por 100 de las entidades Sofisur Iberica, S.L. e Inversiones Baminal, S.L. acordaron por unanimidad, en Junta Universal, la fusión por absorción siendo la primera sociedad absorbente y la segunda, junto con Villalar, S.A. sociedad íntegramente participada por la absorbente las sociedades absorbidas. Se produce así la entera transmisión en bloque del patrimonio social de las dos sociedades absorbidas, que se extinguirán mediante la disolución sin liquidación y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente, todo ello según los términos del proyecto común de fusión suscrito el día 6 de octubre de 2025 por los órganos de administración de las sociedades que participan en la fusión, y aprobados por los cuatro socios que ostentaban cada uno el 25 por 100 en las indicadas Juntas Universales.
Se han aprobado como Balances de fusión los correspondientes al 30 de septiembre de 2025 de las compañías participantes en la fusión. De acuerdo con los artículos 53 y 56 del RDL 5/2023, la operación puede ejecutarse sin establecer tipo de canje de las acciones y participaciones, ni ampliar capital de la sociedad absorbente, por existir identidad de socios y porcentajes de participación en las dos primeras sociedades, y ser íntegramente participada la tercera.
Por haberse acordado la fusión en Junta Universal y por unanimidad, igualmente, conforme al artículo 9 del RDL 5/2023, no resulta precisa la publicación o depósito de los documentos exigidos por la ley, ni el informe de los Administradores ni expertos independientes sobre el proyecto común de fusión, respetándose, en su caso, los derechos de información expresamente recogidos en el artículo 9 del RDL 5/2023.
Asimismo, se ha adoptado la decisión de aprobar el acogimiento de la operación de fusión al régimen de neutralidad fiscal, previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los Balances de fusión en el domicilio social de las mismas, así como a ejercer los derechos que los mismos ostentan, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 12, 13 y siguientes del RDL 5/2023.
Madrid, 10 de octubre de 2025.- La Secretaria del Consejo de Administración de Sofisur Iberica, S.L. e Inversiones Baminal, S.L., Doña Rocio Angela Albert Palencia.
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