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Documento BORME-C-2025-6376

ROCKET HALL, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

KONECTA DIGITAL MK AGENCY, S.L.U.

AGENCIA B12 ONLINE, S.L.U.

(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 225, páginas 7794 a 7794 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-6376

TEXTO

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, ("RDL 5/2023") se hace pública la aprobación, con fecha 24 de noviembre de 2025, de la fusión por absorción de Konecta Digital MK Agency, S.L.U. y Agencia B12 Online, S.L.U. ("sociedades absorbidas"), por Rocket Hall, S.L.U. ("sociedad absorbente"), conforme al proyecto común de fusión, redactado, aprobado y suscrito el 21 de octubre de 2025 ("La Fusión").

La Fusión implica la extinción, vía disolución sin liquidación, de las sociedades absorbidas y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, la totalidad de los derechos, obligaciones y relaciones jurídicas de las sociedades absorbidas en los términos previstos en el Proyecto Común de Fusión y los balances de fusión cerrados a 30 de septiembre de 2025.

Se trata de una fusión especial, al estar las sociedades absorbidas participadas íntegramente de forma directa por la sociedad absorbente, en consecuencia, la fusión se acoge al régimen simplificado recogido en el artículo 53.1 del RDL 5/2023. Asimismo, la fusión se acoge al artículo 9 del RDL 5/2023, por esta razón, se ha aprobado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos en el RDL 5/2023, y sin anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones ni informe de los administradores sobre el proyecto de fusión, en los términos de dicho artículo 9.

De conformidad con el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. También se hace constar el derecho de protección de los acreedores previsto en el artículo 13 del RDL 5/2023.

En Madrid, 24 de noviembre de 2025.- El Administrador Único de Rocket Hall, S.L.U., la mercantil Konecta BTO, S.L.U, debidamente representada por D. Nourdine Bihmane; el Administrador Único de Konecta Digital MK Agency, S.L.U. la mercantil Konecta BTO, S.L.U, debidamente representada por D. Enrique García Gullón y el administrador Único de Agencia B12 Online, S.L.U. la mercantil Konecta BTO, S.L.U, debidamente representada por D. Enrique García Gullón.

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