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En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público que por decisión del socio único común de las sociedades participantes y en Junta General Extraordinaria de Socios en ambas sociedades, el día 31 de mayo de 2025 se aprobó por unanimidad, la escisión parcial de "Impulse Technology Transfer Management Team, S.L.", sin extinción de la misma, mediante el traspaso en bloque y por sucesión universal, de parte de su patrimonio, en favor de la sociedad "Inversiones 748, S.L." (Sociedad Beneficiaria), ya existente, que adquirirá todos los activos, pasivos, derechos, obligaciones y demás elementos inherentes al patrimonio escindido constitutivo de una unidad económica. La Sociedad Beneficiaria, asumirá los medios humanos y materiales relacionados con la unidad económica que recibe con ocasión de la operación proyectada; todo ello conforme al Proyecto común de Escisión Parcial, de fecha 23 de mayo de 2025, suscrito por el socio único común de las sociedades participantes en la operación de Escisión Parcial, la mercantil "Asset And Capital Advisors, S.L."
Al haber sido aprobada la operación mercantil por unanimidad y por decisión del socio único común de ambas sociedades, la escisión parcial ha sido adoptada sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, sin informe de los administradores sobre el Proyecto común de Escisión Parcial, ni el informe de expertos independientes, recibiendo el socio único de la sociedad escindida, a cambio del patrimonio objeto de escisión, participaciones sociales de la sociedad beneficiaria proporcionales a su participación en la sociedad escindida, todo ello de acuerdo con el artículo 71.1 del RDL 5/2023. La sociedad escindida no reducirá su capital social, sino que procederá a reducir las reservas voluntarias en la cantidad que corresponda.
Como consecuencia de la escisión parcial proyectada, no se producirá modificación alguna en los Estatutos Sociales de la sociedad escindida. En relación con los Estatutos Sociales de la sociedad beneficiaria, se modifican en lo referente al capital social, ello como consecuencia del aumento de capital que se realizará con ocasión de la escisión parcial proyectada.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance presentado, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos previstos en el Real Decreto-ley 5/2023.
Madrid, 17 de noviembre de 2025.- Consejero delegado de "Impulse Technology Transfer Management Team, S.L." y representante persona física designado por la sociedad "Asset And Capital Advisors, S.L.", en el ejercicio del cargo de administradora única que ésta ostenta en la sociedad "Inversiones 748, S.L.", Jesús María Hidalgo Quesada.
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