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De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023 de 28 de junio (en adelante, el "RDL 5/2023"), se hace público que el 26 de noviembre de 2025, los socios de CRM Synergies, S.L. (la "Sociedad Segregada") así como el socio único de CRM Synergies EMEA, S.L. (la "Sociedad Beneficiaria") aprobaron la operación de segregación consistente en el traspaso en bloque por sucesión universal a favor de CRM Synergies EMEA, S.L. de las líneas de negocio de (i) la fabricación de productos para la soldadura electrónica; (ii) la gestión de residuos; y (iii) la compraventa de recambios (en adelante, las "Unidades Económicas Segregadas").
El acuerdo de segregación ha sido acordado conforme al proyecto de segregación redactado por el administrador único de la Sociedad Segregada y el administrador único de la Sociedad Beneficiaria el 30 de junio de 2025 y se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 58, 61 y demás artículos de aplicación del RDL 5/2023.
Asimismo, habiéndose adoptado los acuerdos de segregación por unanimidad por los socios de la Sociedad Segregada, así como por el socio único de la Sociedad Beneficiaria, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9.1 del RDL 5/2023, los acuerdos han podido adoptarse sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por el RDL 5/2023. No obstante, se deja constancia de que se ha cumplido con el derecho de información a los trabajadores en los términos legales oportunos.
Conforme a lo establecido en el artículo 10 del RDL 5/2023 se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la segregación a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas. Asimismo, se hace constar el derecho de protección previsto en los artículos 13 y 14 del RDL 5/2023 que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la segregación cuyos créditos hubieran nacido con anterioridad a la presente publicación y que aún no hubieran vencido.
Madrid, 26 de noviembre de 2025.- El administrador único de CRM Synergies, S.L. y el administrador único de CRM Synergies EMEA, S.L, D. Manuel Alonso López y D. Julián Miguel Rivera, respectivamente.
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