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En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (LME), se hace público que el día 22 de diciembre de 2025, el socio único de la Sociedad Absorbente, esto es, la sociedad KINETICO UK HOLDINGS LIMITED, ha decidido aprobar la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente, estando la Sociedad Absorbida íntegramente participada, de forma directa, por la Sociedad Absorbente, siendo esta última titular directo del 100% de las participaciones sociales en las que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida y quedando la Sociedad Absorbente como sociedad resultante, de conformidad con el proyecto común de fusión redactado y firmado por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión el día 29 de junio de 2025.
La fecha de efectos contables de la fusión se ha fijado en el día 1 de enero de 2025.
La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 9 de la LME. Asimismo, se hace constar que los derechos de información de los trabajadores sobre la modificación estructural no se han restringido por el hecho de que la fusión haya sido aprobada en junta universal.
A los efectos anteriores se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 53 de la LME.
Asimismo, se hace constar que la presente fusión es una fusión posterior a una adquisición de sociedad con endeudamiento de la adquirente y resulta de aplicación lo previsto en el articulo 42 de la LME.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los balances de fusión, así como el derecho a obtener garantías suficientes que asiste a los acreedores en los términos del artículo 13 de la LME.
En Barcelona, 22 de diciembre de 2025.- El Administrador único de la Sociedad absorbente, Kinetico Uk Holdings Limited, representado por D/Mr. Joel Andrew Caracciolo II.- El Administrador único de la Sociedad absorbida, Kinetico Uk Holdings Limited, representado por D/Mr. Joel Andrew Caracciolo II.-.
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