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Documento BORME-C-2025-7061

ROYAL AS, S.L. (ABSORBENTE)

CALGRETUR, S.L.U. (ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 244, páginas 8581 a 8582 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-7061

TEXTO

Se hace público que en junta general extraordinaria y universal de socios de la sociedad absorbente, ROYAL AS, S.L., de 28 de noviembre de 2025, adoptados en el domicilio social sito en la calle Tolstoi 9 de esta ciudad, se ha acordado la fusión por absorción de la sociedad CALGRETUR, S.L.U., con la consiguiente transmisión en bloque, a título o sucesión universal, del patrimonio de la sociedad absorbida a favor de la absorbente y la disolución y extinción, sin liquidación, de la sociedad absorbida; conforme a los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los miembros de los órganos de administración de las sociedades intervinientes.

1.- Sociedades intervinientes: Absorbente: ROYAL AS, S.L, con Código de Identificación Fiscal número B35492941, domiciliada en c/ León Tolstoi, 9, Las Palmas de Gran Canaria, inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas, Tomo 1.350 Folio 147 Nº Hoja Registral gc 18277. Figura con un capital social de 3.851.448,40 euros, representado y dividido en 64.084 participaciones de valor nominal 60,10 € euros, totalmente suscritas y desembolsadas.

Absorbida: CALGRETUR, S.L.U., con Código de Identificación Fiscal número B35746536, domiciliada en c/ León Tolstoi, 9, Las Palmas de Gran Canaria, inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas, Tomo 1.647 Folio 166 Nº Hoja Registral gc 30143. Figura con un capital social de 2.324.275,00 euros, representado y dividido en 2.324.275 participaciones de valor nominal 1,00 € euros, totalmente suscritas y desembolsadas.

2.- Naturaleza de la operación: La sociedad absorbente es titular del 100% del capital social de la sociedad absorbida, por lo que: no procede aumento de capital en la absorbente, no existe tipo de canje de participaciones ni compensación en metálico y no se atribuyen ventajas de ninguna clase a socios ni a administradores.

3.- Balance de fusión. El balance de fusión tomado como base es el correspondiente a 31 de agosto de 2025, considerado como balance de fusión de ambas sociedades.

4.- Efectos contables y fecha de efectos. Los efectos contables de la fusión se retrotraerán a las 00:00 horas del día 1 de enero de 2025. La eficacia de la fusión queda supeditada a su elevación a público e inscripción en el Registro Mercantil competente.

5.- Derecho de información. Conforme al artículo 10 del R.D. Ley 5/2023, desde la publicación del presente anuncio los acreedores tienen derecho a obtener, de forma gratuita e inmediata, en el domicilio social de la absorbente, o a solicitar el envío gratuito, de los siguientes documentos: texto íntegro del acuerdo de fusión, balance de fusión, las cuentas anuales de las sociedades de los últimos tres ejercicios y los estatutos sociales vigentes de ambas

6.- Derecho de oposición de trabajadores y acreedores. Los acreedores de las sociedades intervinientes podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos de fusión. La oposición deberá formularse en los términos legalmente previstos y dirigirse al domicilio social de la absorbente indicado arriba. Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.

7.- Otras menciones. No existen titulares de derechos especiales distintos de las participaciones sociales ni se otorgan derechos especiales; no se prevén prestaciones accesorias ni modificaciones estatutarias distintas de las derivadas de la propia fusión; la fusión no afecta a la continuidad de contratos, licencias y autorizaciones, que se entenderán transmitidos a la absorbente junto con el resto del patrimonio de la absorbida.

Las Palmas de Gran Canaria, 19 de diciembre de 2025.- Los Administradores Mancomunados, Don Roberto Andersen Stahl y Don Gustavo Andersen Stahl.

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