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Documento BORME-C-2025-7078

NRED SOLUCIONES FORMATIVAS, S.L.U.

(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)

FEMXA ESCUELAS PROFESIONALES, S.L.U.

(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 244, páginas 8602 a 8602 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-7078

TEXTO

De conformidad con el artículo 10 y concordantes del "Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, (…) de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles…" ("LME"), se hace público que el 15 de diciembre de 2025 el socio único de Nred Soluciones Formativas, S.L.U. (la "Sociedad Escindida"), ejerciendo las competencias de la Junta General de Socios de la citada sociedad, ha aprobado la operación de escisión parcial de la Sociedad Escindida a favor de la sociedad beneficiaria de nueva creación Femxa Escuelas Profesionales, S.L.U. (la "Sociedad Beneficiaria"), en los términos establecidos en el proyecto común de escisión suscrito en fecha 20 de junio de 2025 por el órgano de administración de la Sociedad Escindida (el "Proyecto").

En la medida en que el socio único de la Sociedad Escindida será titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social de la Sociedad Beneficiaria, resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 71.1 LME, con la consiguiente simplificación procedimental y documental de la escisión. Del mismo modo, se hace constar que, como consecuencia del carácter de sociedad unipersonal de la Sociedad Escindida, es de aplicación lo dispuesto en el artículo 9 LME.

La escisión parcial implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, de una parte, del patrimonio de la Sociedad Escindida, según se detalla en el Proyecto, consistente en los activos y pasivos asociados a la rama de actividad dedicada a la oferta de formación privada, incluyendo cursos técnicos, idiomas, formación profesional online y programas complementarios, a favor de la Sociedad Beneficiaria, recibiendo el socio único de la Sociedad Escindida la totalidad de las participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria.

Asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Escindida el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión, así como el balance de escisión, y asimismo se pone a su disposición la documentación prevista en el artículo 46 y concordantes, todo sin perjuicio de los restantes derechos que les son reconocidos en los artículos 13 y concordantes de la LME.

Vigo (Pontevedra), 18 de diciembre de 2025.- Representante persona física de Grupo Femxa Formación y Empleo, S.L., administrador único de la Sociedad Escindida, Don José Álvarez Dafonte.

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