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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público que el socio único de la sociedad Servicios y Rehabilitaciones del Mediterráneo Wilson y Patricio, Sociedad Limitada Unipersonal, con CIF: B-98994320 y domicilio social en calle clariano, número 7, bajo 2, 46020 valencia, ha adoptado en fecha 10 de noviembre de 2025 el acuerdo de aprobar la escisión parcial de la citada sociedad.
La operación de escisión parcial consiste en la segregación y transmisión en bloque, por sucesión universal, de la propiedad del solar urbano sito en Calle Juan El Cazador, número 6, 46460 silla, valencia, junto con todos los derechos, contratos y obligaciones asociados al mismo, a favor de la sociedad de nueva creación WP Promueve, Sociedad Limitada, la cual será íntegramente participada por el actual socio único de la sociedad escindida, en proporción a su participación. Dicha operación se ajusta a lo previsto en los artículos 58 y 60 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.
Se informa a los acreedores y demás interesados que, conforme al artículo 10 y al régimen legal previsto en el Real Decreto-ley 5/2023, el proyecto de escisión está depositado en el domicilio social, encontrándose a su disposición desde la fecha de publicación de este anuncio. Los acreedores cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la publicación y que no se encuentren vencidos podrán, en el plazo legalmente establecido, solicitar a la sociedad la provisión de garantías adecuadas si consideran que la operación puede poner en riesgo la satisfacción de sus derechos. Asimismo, la sociedad escindida y la sociedad beneficiaria responderán solidariamente, hasta el importe de los activos netos atribuidos o que permanezcan en cada una, de las deudas anteriores a la escisión parcial, de conformidad con el artículo 70 del Real Decreto-ley 5/2023.
Se hace constar que la operación de escisión parcial objeto del presente anuncio está sujeta al régimen fiscal especial regulado en el Capítulo VII, Título VII, de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, y queda exenta de la modalidad de operaciones societarias del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, conforme a la normativa aplicable.
valencia, 23 de diciembre de 2025.- Administrador único, Ángel Patricio Falcón Falcón.
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