En cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público que con fecha 30 de marzo de 2026, las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios de 20 CANARIAS, S.L. (sociedad absorbente), y MEDIOS INMOBILIARIOS CANARIOS, S.L. (sociedad absorbida), han acordado con la unanimidad del 100% de los socios, la Fusión de la sociedad absorbida mediante extinción y disolución sin liquidación de la misma, y transmisión en bloque, y a título universal de su patrimonio a la sociedad absorbente, conforme a los términos y condiciones del Proyecto de Fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en la Fusión, con fecha 20 de marzo de 2026, no siendo necesario su depósito en el Registro Mercantil correspondiente, por haberse aprobado la Fusión, por todas las sociedades intervinientes, de forma unánime por todos sus socios y en Juntas Universales, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.
Al ser todas las sociedades participantes de la Fusión sociedades de Responsabilidad Limitada no ha sido necesario la intervención de expertos independientes de conformidad con el artículo 41 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes de la Fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.
Las sociedades participantes de la Fusión, 20 CANARIAS, S.L. (sociedad absorbente), y MEDIOS INMOBILIARIOS CANARIOS, S.L. (sociedad absorbida), al celebrar sus Juntas Generales, con carácter de universal (sin convocatoria previa), aprobar unánimemente el acuerdo de Fusión, y carecer de web corporativa, por la presente hacen constar el derecho que corresponde a los socios y trabajadores, de las sociedades participantes de la Fusión a examinar en el domicilio social copia íntegra de los documentos a que hace referencia el artículo 46 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, referidos a la Fusión, así como de obtener la entrega o el envío gratuitos de los mismos por medio electrónicos de un ejemplar de cada uno de ellos.
Palma de Mallorca, 30 de marzo de 2026.- El Administrador único, Rafael Caballero Montes.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid