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Documento BORME-C-2026-1743

PLATAFORMA DE MATERIALES DE CONSTRUCCION,

SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL

(SOCIEDAD ESCINDIDA)

ANTOLÍN CELANOVA,

SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL

(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 84, páginas 2290 a 2290 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-1743

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, relativo, entre otros fines, a la transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante "RDL 5/2023"), se hace público que, el 28 de abril de 2026, la Socia única de PLATAFORMA DE MATERIALES DE CONSTRUCCION, S.L.U. (la "Sociedad Escindida"), reunida en Junta General Extraordinaria con carácter universal, acordó la escisión parcial de una parte del patrimonio de la Sociedad Escindida en favor de una Sociedad de nueva creación que se constituirá con motivo de la escisión bajo la denominación social de ANTOLIN CELANOVA, S.L.U. (Sociedad beneficiara), de conformidad con los términos del Proyecto Común de Escisión suscrito el día 20 de marzo de 2026 por el Administrador único de la Sociedad Escindida.

En virtud de la referida escisión, la Sociedad Escindida reducirá proporcionalmente su capital social, su reserva legal y sus reservas voluntarias teniendo en cuenta el valor razonable del patrimonio que se escinde, el cual se transmitirá en bloque y por sucesión universal en favor de la indicada Sociedad Beneficiaria.

En virtud del artículo 9 del RDL 5/2023, al haberse adoptado el acuerdo de escisión en Junta universal por decisión de la Socia única y por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 71 del RDL 5/2023, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión, ni es necesario el Informe de expertos independientes sobre el mismo, si bien en este caso se ha emitido un Informe de la Administradora única para la Socia única y los trabajadores de la Sociedad Escindida y se ha aprobado un balance de escisión cerrado al 30 de noviembre de 2025.

Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores, a los trabajadores y a la Socia única de la Sociedad Escindida y de la Sociedad Beneficiaria a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión, de conformidad con el artículo 10 del RDL 5/2023.

En San Cibrao Das Viñas , Ourense, 29 de abril de 2026.- Administrador único, José Gabriel López Pérez.

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