Con fecha 4 de mayo de 2026, y en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, el "RD 5/2023"), se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de las sociedades mercantiles Sota Investments (Spain) Holdco, S.L. ("Sota" o la "Sociedad Absorbente"), Pentacom Investments Spain Holdco, S.L. ("Pentacom") y Ucles Holdco, S.L. ("Ucles") (Pentacom y Ucles, las "Sociedades Absorbidas", y la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas, las "Sociedades Intervinientes"), constituidas todas ellas con carácter universal, han adoptado por unanimidad, en calidad de Sociedad Absorbente o Sociedades Absorbidas, según corresponda, (i) el proyecto común de fusión relativo a la operación de fusión por virtud de la cual Sota absorbe a Pentacom y a Ucles, de suerte que estas últimas, como consecuencia de su disolución sin liquidación, transmiten su patrimonio social a favor de la Sociedad Absorbente, la cual adquiere, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquellas (el "Proyecto Común de Fusión" y la "Fusión", respectivamente), (ii) los respectivos balances de Fusión de las Sociedades Intervinientes en la Fusión, y (iii) la operación de Fusión en sí misma (ajustada a los términos y condiciones establecidos en el referido Proyecto Común de Fusión).
Se deja expresa constancia de que la Fusión se realizará mediante el procedimiento especial previsto en el artículo 53 del RD 5/2023, por remisión del artículo 56.1 del RD 5/2023, de supuestos asimilados a la absorción de sociedades íntegramente participadas, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas están participadas directamente por los mismos socios, cada uno de los cuales mantiene el mismo porcentaje de participación en cada una de las tres Sociedades Intervinientes.
Conforme a la legislación española y, en particular, conforme al artículo 10 del RD 5/2023, los socios y acreedores de las Sociedades Intervinientes en la Fusión tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo de aprobación de la Fusión y de los respectivos balances de Fusión de las Sociedades Intervinientes en el domicilio social de aquéllas. En lo menester, se hace constar que el domicilio social tanto para la Sociedad Absorbente como para las Sociedades Absorbidas es Avenida de Europa 19, 1ºA y B, Pozuelo de Alarcón 28224 (Madrid).
Los acreedores u obligacionistas de las Sociedades Intervinientes podrán obtener información exhaustiva acerca de las condiciones de ejercicio de sus derechos en relación con la Fusión en el domicilio social de las Sociedades Intervinientes, reseñado con anterioridad.
En Madrid, 5 de mayo de 2026.- Presidente y Secretario no consejero del Consejo de Administración de: Sota Investments (Spain) Holdco, S.L., Pentacom Investments Spain Holdco, S.L. y Ucles Holdco, S.L., D. Ignacio Alario Sánchez-Valladares y D. Juan María Gárate Pérez.
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