De conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, se hace público que en la Junta General Extraordinaria de Accionistas de SOCIEDAD IBÉRICA DE TRANSPORTE INTERMODAL COMBIBERIA, S.A. (en adelante, la «Sociedad»), celebrada el día 6 de mayo de 2026, se adoptaron entre otros, conforme a lo establecido en los artículos 317.2 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, los siguientes acuerdos:
1º) Reducir el capital social de la Sociedad en la cifra de quince mil veinticinco euros con treinta céntimos (15.025,30 €), mediante la amortización de veinticinco (25) acciones nominativas de 601,012 euros de valor nominal cada una, de titularidad de la propia Sociedad (autocartera), numeradas correlativamente de la 236 a la 250, ambas inclusive, y de la 481 a la 490, ambas inclusive.
La reducción no entraña devolución de aportaciones a los accionistas, por ser la propia Sociedad la titular de las acciones amortizadas. No se dota reserva indisponible alguna con cargo al importe de la reducción.
Como consecuencia de la reducción, el capital social queda fijado en la cifra de quinientos ochenta y cinco mil novecientos ochenta y seis euros con ochenta céntimos (585.986,80 €), representado por novecientas setenta y cinco (975) acciones nominativas de 601,012 euros de valor nominal cada una, íntegramente suscritas y desembolsadas.
Al no dotarse reserva indisponible, la presente reducción queda sometida al régimen de oposición previsto en los artículos 334 a 337 de la Ley de Sociedades de Capital. En consecuencia, los acreedores de la Sociedad tienen derecho de oposición, que deberá ejercitarse en el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción.
2) Reducir el capital social de la Sociedad en la cifra de quinientos un mil ochocientos cuarenta y cuatro euros con once céntimos (501.844,11 €), mediante la amortización de ochocientas treinta y cinco (835) acciones nominativas de 601,012 euros de valor nominal cada una, de titularidad de los accionistas salientes, numeradas correlativamente de la 1 a la 235, ambas inclusive; de la 251 a la 480, ambas inclusive; de la 491 a la 845, ambas inclusive; y de la 986 a la 1.000, ambas inclusive.
La reducción entraña restitución proporcional de aportaciones y fondos propios a los accionistas titulares de las acciones amortizadas, con cargo a reservas voluntarias de libre disposición, por un importe total de un millón trescientos setenta y cinco mil setenta y dos euros con siete céntimos (1.375.072,07 €). No se dota reserva indisponible alguna con cargo al importe de la reducción.
Como consecuencia de la reducción, el capital social queda fijado en la cifra de ochenta y cuatro mil ciento cuarenta y un euros con sesenta y nueve céntimos (84.141,69 €), representado por ciento cuarenta (140) acciones nominativas de 601,012 euros de valor nominal cada una, íntegramente suscritas y desembolsadas.
Al no dotarse reserva indisponible, la presente reducción queda sometida al régimen de oposición previsto en los artículos 334 a 337 de la Ley de Sociedades de Capital. En consecuencia, los acreedores de la Sociedad tienen derecho de oposición, que deberá ejercitarse en el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción.
Madrid, 7 de mayo de 2026.- El Secretario -no consejero- del Consejo de Administración, D. Miguel Yñigo de los Ríos.
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