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Documento BORME-C-2026-2597

SANITAS, S.A.U. DE HOSPITALES (SOCIEDAD ABSORBENTE)

RESONANCIA ABIERTA IBERMEDIC, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 95, páginas 3330 a 3330 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-2597

TEXTO

De acuerdo con el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio ("RDME"), se hace público que con fecha 19 de mayo de 2026 el accionista único de la sociedad Sanitas, S.A.U. de Hospitales ("Sociedad Absorbente") y el socio único de la sociedad Resonancia Abierta Ibermedic, S.L.U. ("Sociedad Absorbida") han aprobado la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente.

La operación de fusión implica la extinción de la Sociedad Absorbida por disolución sin liquidación y la transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos a la Sociedad Absorbente, que adquiere el patrimonio de la Sociedad Absorbida por sucesión universal, en los términos del Proyecto Común de Fusión formulado y suscrito por los consejos de administración de ambas sociedades con fecha 15 de abril de 2026, y en base a los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2025 y aprobados por el respectivo accionista/socio único con fecha 6 de abril de 2026.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en los artículos 53 y 9 RDME, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular directa de todas las participaciones en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida, y haberse aprobado la fusión por decisión del respectivo accionista/socio único de las Sociedades Absorbente y Absorbida.

Se hace constar expresamente que, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 y 9.2 RDME, los consejos de administración de ambas sociedades han elaborado y puesto a disposición de los representantes de los trabajadores o, en su caso, de los propios trabajadores, el proyecto de fusión, el informe para los trabajadores y demás documentación preceptiva, en los términos y con la antelación legalmente prevista.

De conformidad con lo previsto en el artículo 10 RDME, se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los balances de fusión, y el derecho de los acreedores de dichas sociedades de ejercer los derechos que les corresponden conforme al RDME.

Madrid, 20 de mayo de 2026.- El Secretario no consejero de Sanitas, S.A.U. de Hospitales (Sociedad Absorbente), y Resonancia Abierta Ibermedic, S.L.U. (Sociedad Absorbida), Alejandro Braña Abascal.

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