Está Vd. en

Documento BORME-C-2026-2601

CA'S MIOT, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL

(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)

HOTELES ANDRATX, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL

(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 95, páginas 3335 a 3335 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-2601

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, sobre la transposición de Directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público que el socio único, en ejercicio de las competencias en Junta General de la entidad Ca's Miot, Sociedad Limitada Unipersonal, acordó el pasado 30 de abril de 2026, aprobar la escisión parcial de Ca's Miot, Sociedad Limitada Unipersonal, mediante la transmisión de la unidad económica compuesta por la explotación del Hotel Mon Port, localizado en Andratx, traspasándola a una sociedad de nueva creación denominada Hoteles Andratx, Sociedad Limitada Unipersonal, que se constituirá simultáneamente con motivo de la indicada escisión, la cual adquirirá la totalidad de los derechos y obligaciones que componen dicha unidad económica, en los términos y condiciones del Proyecto Común de Escisión Parcial suscrito por el Órgano de Administración el 15 de Abril de 2026.

Se hace constar que en virtud de lo dispuesto en el artículo 71 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, no ha sido preciso elaborar el informe de los administradores sobre el Proyecto de Escisión Parcial, en cuanto a la sección de los socios, ni el nombramiento de expertos independientes, ni el balance de escisión.

También se hace constar el derecho que asiste al socio único y acreedores de la sociedad Ca's Miot, Sociedad Limitada Unipersonal, de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, las cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de la indicada entidad y además se informa a los acreedores de que podrán oponerse a la escisión parcial durante el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio de escisión parcial, conforme a lo establecido en el artículo 13 del citado Real Decreto.

Se ha cumplido con la comunicación a los trabajadores, según lo dispuesto en el citado Real Decreto 5/2023 de 28 de Junio

Palma de Mallorca, 14 de mayo de 2026.- Presidente del Consejo de Administración, D. Gabriel Mairata March.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid