Contingut no disponible en valencià
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, que transpone Directivas de la Unión Europea en materia de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles ("RDME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la mercantil RURAL CAMINA, S.L (sociedad absorbente, en adelante)., celebrada el 15 de enero de 2026, y la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la mercantil ILLICEPLAST, S.L. (sociedad absorbida, en adelante) celebrada el 15 de enero de 2026, acordaron, por unanimidad, aprobar la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, con extinción de la misma.
La fusión por absorción proyectada se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 9 del RDME. Por tanto, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil, ni la elaboración del informe de administradores sobre aquel.
A los efectos anteriores se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 53 por remisión del artículo 56.1 del RDME.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del RDME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los balances de fusión.
Elche, 22 de enero de 2026.- Administrador único de Rural Camina SL e Illiceplast SL, Alberto Enrique Camina Maestro.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid