De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público que, en fecha 9 de junio de 2026, el socio único de MARTÍN HIDALGO SOLUCIONES, S.L.U. ("Sociedad Escindida") y el socio único de MH SERVICIOS CORPORATIVOS, S.L.U. ("Sociedad Absorbente") han aprobado, de forma universal y por unanimidad, la operación de escisión parcial y fusión simultánea consistente en: primero, (i) un acuerdo de escisión parcial por el que la Sociedad Escindida transmite a una sociedad de nueva creación, denominada MH GESTIÓN CORPORATIVA, S.L.U. ("Sociedad Beneficiaria y Absorbida"), una unidad económica autónoma, totalmente distinta y diferenciada, consistente en el negocio de los servicios corporativos de soporte de la Sociedad Escindida (que comprende, en particular, las áreas de dirección, sistemas informáticos, compras, recursos humanos y administración), así como los activos y pasivos asociados a la misma; y, en segundo lugar, con carácter simultáneo y sucesivo, (ii) un acuerdo de fusión por absorción simplificada por el que la Sociedad Absorbente absorbe a su filial íntegramente participada MH GESTIÓN CORPORATIVA, S.L.U. (esto es, la Sociedad Beneficiaria y Absorbida), adquiriendo la Sociedad Absorbente por sucesión universal la totalidad del patrimonio de la Sociedad Beneficiaria y Absorbida, la cual se extinguirá sin liquidación.
La referida operación de escisión parcial y de fusión por absorción simultáneas ha sido aprobada de conformidad con lo previsto en el proyecto común de escisión parcial y fusión por absorción suscrito con fecha 7 de mayo de 2026.
Habiéndose adoptado los acuerdos por las sociedades intervinientes en Junta universal y por unanimidad, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 del Real Decreto-ley 5/2023, los acuerdos pueden adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto.
Conforme a lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y los balances. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la operación en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio.
Barcelona, 9 de junio de 2026.- D. Marcos Martín Hidalgo, representante persona física de MH Soluciones Energéticas, S.L., administradora única de Martín Hidalgo Soluciones, S.L.U, MH Gestión Corporativa, S.L.U. y MH Servicios Corporativos, S.L.U.
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