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Documento BORME-C-2026-3650

SECTOR ALARM SPAIN, S.A.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

SECURITY HOLDCO SPAIN, S.L.U.

TYCO INTEGRATED SECURITY, S.L.U.

(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 118, páginas 4613 a 4614 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-3650

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Libro Primero del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (la LME), se hace público que el accionista único de la sociedad Sector Alarm Spain, S.A.U. (la Sociedad Absorbente) aprobó el día 22 de junio de 2026 la fusión por absorción de las sociedades Security Holdco Spain, S.L.U. y Tyco Integrated Security, S.L.U. (las Sociedades Absorbidas y, junto con la Sociedad Absorbente, las Sociedades), con la consiguiente disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y el traspaso en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente, conforme al proyecto común de fusión aprobado el 19 de mayo de 2026 por los correspondientes administradores solidarios de las Sociedades (el Proyecto Común de Fusión).

En la medida en que tanto las Sociedades Absorbidas como la Sociedad Absorbente son sociedades íntegramente participadas de forma directa o indirecta por el mismo accionista (la sociedad sueca Sector Alarm Europe AB), resulta de aplicación a la fusión el régimen simplificado previsto en el artículo 53.1 de la LME por remisión de lo dispuesto en el artículo 56.1 de la LME. En particular, el artículo 56.1 de la LME resulta de aplicación dado que: (i) la Sociedad Absorbente Sector Alarm Spain, S.A.U. y la Sociedad Absorbida Security Holdco Spain, S.L.U. están íntegramente participadas por la sociedad Sector Alarm Europe AB; y (ii) la Sociedad Absorbida Tyco Integrated Security, S.L.U. está íntegramente participada por la Sociedad Absorbida Security Holdco Spain, S.L.U..

A este respecto, y dado que la fusión ha sido aprobada por decisión del accionista único de la Sociedad Absorbente y no ha sido necesario que la fusión sea aprobada por los socios únicos de las Sociedades Absorbidas de conformidad con el artículo 53.1.4º de la LME, la fusión se ha aprobado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la LME, conforme al cual no se requiere la publicación o el depósito de los documentos exigidos por la ley.

No obstante, el Proyecto Común de Fusión y toda la información exigida por la LME han sido puestos a disposición de los representantes de los trabajadores o de los propios trabajadores, según corresponda, conforme a lo previsto en los artículos 9.2, 46 y concordantes de la LME.

De conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la LME, se hace constar expresamente el derecho de los acreedores de las Sociedades a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado, así como de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales de las Sociedades.

Madrid, 22 de junio de 2026.- Los administradores solidarios de Sector Alarm Spain, S.A.U. (Sociedad Absorbente), de Tyco Integrated Security, S.L.U. (Sociedad Absorbida) y de Security Holdco Spain, S.L.U. (Sociedad Absorbida), D. Leif Hermod Motro y D. Kasper Wold Kaarbo.

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