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Documento BORME-C-2026-3917

BERASI SHOES, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)



LUZETE SHOES, S.L.

RBS SHOES, S.L.

(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 126, páginas 4924 a 4924 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-3917

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se regulan las modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, la "LME"), se hace público que la Junta General Universal de socios de BERASI SHOES, S.L., así como las Juntas Generales Universales de socios de LUZETE SHOES, S.L. y RBS SHOES, S.L., celebradas todas ellas con fecha 29 de junio de 2026, aprobaron la fusión por absorción de las sociedades LUZETE SHOES, S.L. y RBS SHOES, S.L. por parte de BERASI SHOES, S.L.

La fusión tendrá lugar mediante la disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y la transmisión en bloque, a título de sucesión universal, de la totalidad de sus patrimonios, derechos y obligaciones a favor de la sociedad absorbente, todo ello conforme al Proyecto Común de Fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades participantes con fecha 28 de junio de 2026.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado ajustándose estrictamente al contenido del citado Proyecto Común de Fusión.

La operación se acoge al régimen de fusión simplificada previsto en la LME.

No obstante lo anterior, el acuerdo de fusión ha sido adoptado en todas las sociedades participantes en Junta General Universal, por lo que no ha sido necesaria la publicación ni el depósito previo del Proyecto Común de Fusión. Se hace constar que la documentación legalmente exigida ha sido puesta a disposición de los socios y de los trabajadores de las sociedades participantes, habiéndose efectuado la correspondiente comunicación a los trabajadores con fecha 28 de mayo de 2026.

Se hace constar igualmente que no existen clases de participaciones sociales, ni aportaciones de industria, ni prestaciones accesorias, ni derechos especiales distintos de las participaciones sociales, ni se atribuyen ventajas de ningún tipo al órgano de administración de las sociedades intervinientes ni a expertos independientes.

Se reconoce expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, documentos que se encuentran a disposición de los interesados en los respectivos domicilios sociales.

Los acreedores de las sociedades participantes podrán ejercitar los derechos que legalmente les correspondan en los términos previstos en la LME.

En Mazarrón, 29 de junio de 2026.- Dª. María Belén Morales Muñoz, Administradora Única de BERASI SHOES, S.L, D. Ginés Raúl Morales Muñoz, Administrador Único de LUZETE SHOES, S.L. y Dª. Silvia Morales Muñoz, Administradora Única de RBS SHOES, S.L.

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