De conformidad con el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace público que, el 30 de junio de 2026, los socios de "CANTALLOPS 1897, S.L." (Sociedad Absorbente) –08310 Barcelona, calle Bailén, nº 39, Bajos, y NIF nº B-60.901.485- y de "DIFUSIÓN CANEHL, S.L." (Sociedad Absorbida) - 08310 Barcelona, calle Bailén, nº 41, Bajos, y NIF nº B-63.245.658-, actuando en funciones de Junta General Extraordinaria y Universal de Socios, han acordado, por unanimidad, aprobar la fusión por absorción de "DIFUSIÓN CANEHL, S.L." por parte de "CANTALLOPS 1897, S.L." (la "Fusión"), de conformidad con el Proyecto Común de Fusión (el "Proyecto"), formulado el 31 de mayo de 2026 por los Consejos de Administración de ambas Sociedades. De conformidad con el Proyecto, se aprobaron como Balances de Fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2025.
Dicha Fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio social de la Sociedad Absorbida, que se extinguirá mediante su disolución sin liquidación, y la consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la Sociedad Absorbente.
Dado que se trata de una Fusión asimilada a la absorción de sociedades íntegramente participadas y, por lo tanto, abreviada, ya que tanto la Sociedad Absorbente como la Sociedad Absorbida están íntegramente participadas, de forma directa, por los mismos socios (titulares, cada uno de ellos, de un 25%, y todos ellos, en conjunto, del 100%, del capital social de ambas Sociedades), resulta de aplicación el régimen simplificado previsto en el RDL 5/2023. Como consecuencia de la Fusión, se procederá – no obstante - a un aumento de capital en la Sociedad Absorbente y a la modificación de los artículos estatutarios relativos al capital y al objeto social (este último a fin de mejorar su redacción, sin implicar cambio de actividad).
No procede la emisión del Informe de Expertos Independientes, habiéndose elaborado el preceptivo Informe de los Administradores destinados a los Trabajadores.
Las operaciones de la Sociedad Absorbida se consideran realizadas a efectos contables por cuenta de la Sociedad Absorbente a partir del 1 de enero de 2026.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas Sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión; así como el derecho que asiste a los acreedores a ejercitar las acciones previstas en el artículo 13.1, apartados 1º, 2º y 3º del RDL 5/2023 en el plazo de un mes a contar a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Se deja constancia de que, el pasado 31 de mayo de 2026, se ha comunicado, por escrito, a los socios, trabajadores y acreedores de la Sociedad Absorbida, la presente operación de Fusión, conforme al artículo 46 RDL 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden, así como para la posibilidad de presentar observaciones al Proyecto, de acuerdo con el artículo 7.1.2º y 13 del RDL 5/2023, respectivamente. Se hace constar que no se ha recibido ninguna observación al respecto dentro del plazo establecido.
Barcelona, 30 de junio de 2026.- La Secretaria del Consejo de Administración de Cantallops 1897, S.L. y de Difusión Canehl, S.L., Dña. Esther Cantallops Ehlis, con el visto bueno del Presidente de Cantallops 1897, S.L. y de Difusión Canehl, S.L., D. Salvador Cantallops Ehlis, .
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