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Documento BORME-C-2026-4378

PA BACH, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

HORNO MOLI NOU, S.L., EL PETIT FORN DE GRACIA, S.L. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 142, páginas 5470 a 5470 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-4378

TEXTO

Conforme al artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, el RDL 5/2023), se hace público que, con fecha 20 de julio de 2026, el socio único de cada una de las sociedades participantes ha aprobado la fusión por absorción de Horno Moli Nou, S.L. y El Petit Forn De Gracia, S.L. (las Sociedades Absorbidas) por parte de PA Bach, S.L. (la Sociedad Absorbente), con disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y traspaso en bloque, por sucesión universal, de la totalidad de su patrimonio (activo y pasivo) a la Sociedad Absorbente, que lo adquirirá en los términos del proyecto común de fusión formulado con fecha 28 de mayo de 2026 por los órganos de administración de las sociedades intervinientes, y conforme a los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2025. El balance de fusión de la Sociedad Absorbente ha sido debidamente auditado por el auditor de cuentas de dicha sociedad.

Dada la estructura de titularidad de las sociedades participantes (El Petit Forn De Gracia, S.L. se halla íntegramente participada de forma directa por la Sociedad Absorbente, y Horno Moli Nou, S.L. se halla íntegramente participada por el mismo socio único que la Sociedad Absorbente), resulta de aplicación a la fusión, en la medida en que proceda, el régimen de absorción de sociedades íntegramente participadas y supuestos asimilados previsto en los artículos 53.1 y 56 del RDL 5/2023. En consecuencia, la operación se realiza sin fijación de tipo de canje y sin aumento de capital de la Sociedad Absorbente, no resultando preciso, entre otros, (i) la aprobación de la fusión por la junta general de las Sociedades Absorbidas íntegramente participadas, (ii) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, ni (iii) los informes de administradores y de expertos independientes sobre el proyecto de fusión, todo ello en los términos reflejados en el proyecto común de fusión.

En el mismo acuerdo de fusión se aprobó la modificación estatutaria del artículo 2.º de los estatutos sociales de PA Bach, S.L., relativo al objeto social, en los términos incluidos como Anexo 1 del proyecto común de fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y del balance de fusión, cuya comunicación o entrega podrá solicitarse en el domicilio social de las sociedades participantes, sito en calle Asturias, 21, local A, 08830 Sant Boi de Llobregat (Barcelona).

Asimismo, se hace constar el derecho de los acreedores y trabajadores de las sociedades participantes en los términos legalmente previstos.

En Sant Boi de Llobregat, 20 de julio de 2026.- Esteve Bach Serra, Administrador Único de El Petit Forn De Gracia, S.L. y Representante de Panet Group Bakery, S.L., Administrador Único de PA Bach, S.L. y de Horno Moli Nou, S.L.

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