Se hace público que socio único de las citadas sociedades, el 9 de marzo de 2026, adoptó el acuerdo de escisión parcial Hermanos Campano, S.L.U. (Sociedad escindida), que traspasará, sin extinguirse, una parte de su patrimonio social a favor de la sociedad "Campano Durán Transportes, S.L." (Sociedad Beneficiaria en Constitución), quien adquirirá por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los órganos de administración de las sociedades.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios, trabajadores y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el art.13 del RDLey 5/2023, durante el plazo de un mes, contado a partir del a publicación del último anuncio de escisión.
En Ardales, 9 de marzo de 2026.- El Secretario del Consejo de Administración, Don Francisco Campano Durán.
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