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Documento BORME-C-2026-976

SENDA SOSTENIBLE , S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

MIYANO ITG, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 60, páginas 1258 a 1258 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-976

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio ("RDL 5/2023") se hace público que la Junta General de socios celebrada con el carácter de universal de Senda Sostenible, S.L. (la "Sociedad Absorbente") ha aprobado la fusión mediante absorción de Miyano ITG, S.L. (la "Sociedad Absorbida") por parte de la Sociedad Absorbente en los términos establecidos en el proyecto común de fusión redactado y suscrito por el órgano de administración de ambas sociedades con fecha de 26 de marzo de 2026 (el "Proyecto de Fusión").

La fusión implica la transmisión en bloque por sucesión universal del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, que se subrogará en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

Se pone de manifiesto que la presente operación de fusión se ha llevado a cabo de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 9 del RDL 5/2023 de 28 de junio por aprobarse por unanimidad de los socios con derecho de voto y en Junta Universal de la Sociedad Absorbente, sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores dirigido a los socios sobre el Proyecto de Fusión.

En la medida en que la Sociedad Absorbida y Absorbente son sociedades "gemelas" participadas directamente por los mismos socios quienes ostenta idéntica participación en cada una de ellas, se aplica a la fusión el régimen establecido en el artículo 56.1 del RDL 5/2023 y consecuentemente, el artículo 53 del mismo texto legal. Por ende, no resulta necesaria la aprobación de la fusión por parte de la junta de la Sociedad Absorbida.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las sociedades a fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Madrid, 26 de marzo de 2026.- El Administrador único de Senda Sostenible, S.L. la sociedad White Summit Capital A.G., Debidamente representado por Don Luis Miguel Molano Pousa, El Administrador Solidario de Miyano ITG, S.L., Don Ignacio Asensio González.

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