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Documento BORME-C-2019-7605

KROMENAT, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE)
KROFGRASS, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 202, páginas 8890 a 8890 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-7605

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 73 y 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que la Junta General Universal de socios de KROMENAT, S.L. (Sociedad parcialmente escindida), celebrada el día 1 de octubre de 2019, acordó por unanimidad la escisión parcial de una parte de su patrimonio. En virtud de este acuerdo, KROMENAT, S.L., reducirá su capital social y reservas voluntarias en la cuantía suficiente para la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio que constituye la unidad económica autónoma afecta a su actividad, a la sociedad beneficiaria de nueva creación KROFGRASS, S.L., la cual se constituirá simultáneamente y como consecuencia de la citada escisión parcial, adquiriendo, por sucesión a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido y adjudicando a los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la Sociedad beneficiaria de nueva creación en la misma proporción que tenían en el capital de la Sociedad parcialmente escindida.

Asimismo, en aplicación del régimen simplificado que recoge el artículo 78 bis LME, al atribuirse a los socios de la Sociedad parcialmente escindida las participaciones de la sociedad de nueva creación proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital de ésta, no es necesario el informe de expertos independientes, ni el informe de Administradores, ni el balance de escisión.

Se advierte el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de escisión parcial, todo ello conforme a los artículos 43 y 44 de la citada Ley 3/2009.

Madrid, 2 de octubre de 2019.- El Administrador único, Wilson Krofman Barrios.

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