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Documento BORME-C-2022-6888

FECLA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
EXPOCOCUP, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 209, páginas 8257 a 8257 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-6888

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que el Socio Único de la Sociedad Absorbente Fecla, S.L.U (en adelante, "Fecla") y la Junta General de Socios de la Sociedad Absorbida Expococup, S.L., (en adelante, "Expococup") han aprobado en fecha de 31 de mayo de 2022, la fusión de las sociedades Fecla y Expococup, mediante la absorción de la última por la primera.

A la presente fusión le resulta de aplicación el régimen normal de las fusiones previsto en el artículo 31 de la LME, en la medida en que la operación aquí proyectada es una fusión no simplificada donde la sociedad absorbente y la sociedad absorbida no están íntegramente participadas entre ellas ni participadas de forma directa por un mismo socio único. En consecuencia, la fusión entre Fecla (sociedad absorbente) y Expococup (sociedad absorbida) tendrá que seguir el proceso normal para fusiones no simplificadas.

Por otro lado, y de acuerdo con el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin publicar o depositar previamente en la web de las Sociedades o en su defecto, en el Registro Mercantil los documentos exigidos por la Ley y sin informe de administradores sobre el Proyecto común de Fusión, por haberse aprobado el acuerdo de fusión de forma unánime por todos los socios de ambas sociedades reunidos en Junta Universal en la Sociedad absorbente y por el Socio único dela sociedad absorbida.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades participantes a obtener, en los domicilios sociales respectivos, el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados por el Socio Único de la sociedad absorbente y por la Junta General de Socios de la sociedad absorbida, y a obtener los respectivos balances de fusión cerrados a 28 de febrero de 2022.

De acuerdo con el artículo 44 de la LME, los acreedores de las Sociedades partícipes en la fusión, cuyos créditos se encuentren en la situación que se describe en el apartado 2 del referido artículo 44 de la LME, podrán oponerse a la fusión durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de los acuerdos por los que se aprueba la fusión, en los términos previstos en el citado artículo.

Barcelona, 21 de octubre de 2022.- Administrador Único de las sociedades Fecla, S.L.U. y Expococup, S.L, D. Rosa María Clará Pallarés.

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