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Documento BOE-A-2006-17059

Acuerdo de 22 de septiembre de 2006, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, posponiendo la efectividad de los acuerdos de 26 de julio de 2006, adoptados por el Pleno del mismo Consejo, por los que se dispone la adscripción a los órdenes civil y penal de las distintas secciones de las Audiencias Provinciales de Ourense, Lugo, Álava y Lleida.

Publicado en:
«BOE» núm. 233, de 29 de septiembre de 2006, páginas 34122 a 34123 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2006-17059
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/2006/09/22/(1)

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de fecha 26 de julio de 2006, adoptó los siguientes Acuerdos:

«Treinta y nueve.-1.º Adscribir con carácter exclusivo, en virtud de lo previsto en el artículo 80.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ourense al orden jurisdiccional penal, y su Sección Segunda al orden jurisdiccional civil.

2 .° Las Secciones de la Audiencia afectada continuarán conociendo de todos los asuntos que estuviesen ya repartidos a las mismas, hasta su conclusión por resolución definitiva. 3.° Las presentes medidas producirán efecto desde el 1 de octubre de 2006.

Cuarenta.-1.° Adscribir, con carácter exclusivo, al orden jurisdiccional civil la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Álava, y al orden jurisdiccional penal su Sección Segunda, en virtud de lo previsto en el artículo 80.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

2.° Las Secciones de las Audiencias afectadas continuarán conociendo de todos los asuntos que estuviesen ya repartidos a las mismas hasta su conclusión por resolución definitiva. 3.° Las presentes medidas producirán efectos desde el día 1 de octubre de 2006.

Cuarenta y uno.-1.º Adscribir, con carácter exclusivo, en virtud de lo previsto en el artículo 80.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Lugo, al orden jurisdiccional civil, y su Sección Segunda, al orden jurisdiccional penal.

2.° Las Secciones de la Audiencia afectada continuarán conociendo de todos los asuntos que estuviesen ya repartidos a las mismas, hasta su conclusión por resolución definitiva. 3.° Las presentes medidas producirán efectos desde el 1 de octubre de 2006.

Cuarenta y dos.-1.º Adscribir con carácter exclusivo al orden jurisdiccional penal la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Lleida y al orden jurisdiccional civil su Sección Segunda, con el mismo carácter exclusivo, en virtud de lo previsto en el artículo 80.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

2.° Las Secciones de la Audiencia afectada continuarán conociendo de todos los asuntos que estuviesen ya repartidos a las mismas hasta su conclusión por resolución definitiva. 3°. La presente medida producirá efectos desde el día 1 de octubre de 2006.

El artículo 152 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, atribuye, en particular, a las Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia, constituidas en régimen de Comisión y como función de gobierno de sus respectivos Tribunales, el establecer anualmente con criterios objetivos los turnos precisos para la composición y funcionamiento de las distintas Secciones de las Audiencias Provinciales del territorio, así como de modo vinculante las normas de asignación de las Ponencias que deban turnar los Magistrados, y aprobar las normas de reparto de asuntos entre las Secciones de las Audiencias Provinciales con sede en la comunidad autónoma correspondiente.

Las medidas adoptadas en los Acuerdos anteriormente transcritos obligan a que los Magistrados que integran las citadas Audiencias Provinciales hayan de elevar las correspondientes propuestas y las Salas de Gobierno respectivas aprobar los procedentes turnos y normas con la conveniente garantía y seguridad, lo que hace preciso demorar la fecha de efectividad de las medidas adoptadas en los Acuerdos anteriormente transcritos, posponiéndola al día 1 de noviembre del año en curso. Por las consideraciones expuestas, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, ha adoptado, por razones de urgencia y en su reunión del día de la fecha, el siguiente acuerdo, del que se dará cuenta al Pleno en su próxima reunión, para su ratificación si procede:

Único.-Modificar, por razones de urgencia y en funciones de Pleno, en virtud de lo dispuesto en el artículo 57 del Reglamento de Organización Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial, los acuerdos números 39, 40, 41 y 42, adoptados por el Pleno en sesión de 26 de julio pasado, por los que se disponía la adscripción a los órdenes civil, y penal, de las distintas Secciones de las Audiencias provinciales de Ourense, Lugo, Álava y Lleida, en el sentido de posponer la fecha de efectos de las medidas acordadas, de tal modo que estas adscripciones producirán efectos desde el día 1 de noviembre del año en curso.

Esta modificación se lleva a cabo con objeto de facilitar la ejecución de los acuerdos derivados del contenido del artículo 152.1.2 y 2.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Publíquese el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de septiembre de 2006.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Francisco José Hernando Santiago.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 22/09/2006
  • Fecha de publicación: 29/09/2006
  • Efectos desde el 1 de noviembre de 2006.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 80.3, 82.4 y 98 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1985-12666).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Álava
  • Audiencias Provinciales
  • Lleida
  • Lugo
  • Ourense
  • Reparto de asuntos

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