Ilustrísimo señor:
En uso de las facultades concedidas por el artículo 2.º del Real Decreto 747/1979, por el que se aprueba el Reglamento del Organismo Autónomo Servicio de Publicaciones del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, previo informe del Ministerio de Hacienda y con la aprobación de la Presidencia del Gobierno,
Este Ministerio ha dispuesto:
La Dirección del Servicio de Publicaciones del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo se estructura en las siguientes Unidades:
1. Subdirección de Ediciones.
1.1. Sección de Producción Editorial.
1.1.1. Negociado de Medios Técnicos.
1.1.2. Negociado de Reprografía.
1.2. Sección de Gestión Editorial.
1.2.1. Negociado de Asistencia Técnica.
2. Subdirección de Coordinación Administrativa y Difusión.
2.1. Sección de Divulgación.
2.1.1. Negociado de Distribución.
2.1.2. Negociado de Ventas.
2.1.3. Negociado de Medios de Difusión.
3. Sección de Asuntos Económicos.
3.1. Negociado de Contabilidad.
3:2. Negociado de Administración.
3.3. Negociado de Presupuestos.
4. Oficina de Control Documental, con nivel de Negociado.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o Inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Orden.
Lo que comunico a V. I.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 23 de marzo de 1979.
GARRIGUES WALKER
Ilmo. Sr. Secretario general Técnico del Departamento.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid