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Documento BOE-A-1985-11956

Orden de 18 de junio de 1985 por la que se crea la Comisión Conjunta de Residuos de Productos Fitosanitarios.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 24 de junio de 1985, páginas 19591 a 19591 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1985-11956
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1985/06/18/(1)

TEXTO ORIGINAL

POR REAL DECRETO 3349/1983, DE 30 DE NOVIEMBRE, SE APROBO LA REGLAMENTACION TECNICO-SANITARIA PARA LA FABRICACION, COMERCIALIZACION Y UTILIZACION DE PLAGUICIDAS, ESTABLECIENDOSE EN SU ARTICULO 4.3.2 QUE COMISIONES CONJUNTAS DE LA DIRECCION GENERAL DE LA SALUD PUBLICA Y DE LOS ORGANISMOS EN CADA CASO COMPETENTES EN MATERIA DE PLAGUICIDAS DETERMINARAN LOS LIMITES MAXIMOS DE RESIDUOS (LMR) PARA CADA INGREDIENTE ACTIVO Y, EN SU CASO, PARA SUS METABOLITOS O PRODUCTOS DE DEGREDACION.

A PROPUESTA DE LOS MINISTERIOS DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION Y DE SANIDAD Y CONSUMO, CON INFORME DE LA COMISION INTERMINISTERIAL PARA LA ORDENACION ALIMENTARIA,

ESTA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO HA TENIDO A BIEN DISPONER:

PRIMERO.-SE CREA LA COMISION CONJUNTA DE RESIDUOS DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, CUYA COMPOSICION, COMETIDOS Y FUNCIONAMIENTO SE REGIRAN POR LO QUE SE ESTABLECE EN LA PRESENTE ORDEN.

SEGUNDO.-LA COMISION CONJUNTA DE RESIDUOS DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS ESTARA INTEGRADA POR LOS SIGUIENTES MIEMBROS:

PRESIDENTE: ILUSTRISIMO SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE SALUD PUBLICA.

VICEPRESIDENTE 1.: ILUSTRISIMO SEÑOR SUBDIRECTOR GENERAL JEFE DE SERVICIO DEFENSA CONTRA PLAGAS E INSPECCION FITOPATOLOGICAS.

VICEPRESIDENTE 2.: ILUSTRISIMO SEÑOR SUBDIRECTOR GENERAL DE HIGIENE DE LOS ALIMENTOS.

VOCALES: LOS SEÑORES JEFES DE LOS SERVICIOS DE CAMPAÑAS Y LUCHA PREVENTIVA, DE SANIDAD AMBIENTAL, DE INSPECCION FITOPATOLOGICA Y DE ALIMENTOS DE ORIGEN VEGETAL Y CUATRO ASESORES ESPECIALISTAS, DOS POR EL SERVICIO DE DEFENSA CONTRA PLAGAS E INSPECCION FITOPATOLOGICA Y DOS POR LA DIRECCION GENERAL DE SALUD PUBLICA.

SECRETARIO: UN FUNCIONARIO DEL SERVICIO DE DEFENSA CONTRA PLAGAS, A CUYO CARGO QUEDARA LA SECRETARIA PERMANENTE DE LA COMISION.

A LAS REUNIONES DE LA COMISION ASISTIRA UN REPRESENTANTE DE LA AGRUPACION ESPAÑOLA DE PLAGUICIDAS, Y, ADEMAS, EL PRESIDENTE PODRA CONVOCAR EXPERTOS Y REPRESENTANTES DE ORGANISMOS OFICIALES, ENTIDADES PUBLICAS O PRIVADAS Y ASOCIACIONES, A TENOR DE LOS ASUNTOS A TRATAR EN CADA REUNION, TODOS ELLOS ASISTIENDO CON VOZ PERO SIN VOTO.

TERCERO.-LA COMISION CONJUNTA DE RESIDUOS DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS TENDRA LAS SIGUIENTES FUNCIONES:

UNO.-LA DETERMINACION DE LOS LIMITES MAXIMOS DE RESIDUOS DE PLAGUICIDAS (LMR) CORRESPONDIENTES A LOS INGREDIENTES ACTIVOS COMPRENDIDOS EN LOS EPIGRAFES, 2.1.A, 2.1.B, 2.1.C, 2.1.D, 2.1.E, 2.9 Y 4.1.A, DE LA VIGENTE REGLAMENTACION TECNICO-SANITARIA PARA LA FABRICACION, COMERCIALIZACION Y UTILIZACION DE PLAGUICIDAS, DE ACUERDO CON LA NORMATIVA ESTABLECIDA EN LOS EPIGRAFES 4.3.2, 5.1, Y 5.2 DE LA MISMA.

DOS.-INFORMAR Y, EN SU CASO, ELABORAR PROPUESTAS RELATIVAS A LA DETERMINACION DELIMITES MAXIMOS DE RESIDUOS DE PLAGUICIDAS (LMR) PARA EL PROGRAMA CONJUNTO FAO/OMS, EN CUANTO CORRESPONDE A LOS INGREDIENTES ACTIVOS RELACIONADOS CON EL EPIGRAFE ANTERIOR, OYENDO PREVIAMENTE A LA COMISION INTERMINISTERIAL PARA LA ORDENACION ALIMENTARIA.

TRES.-ELEVAR PROPUESTAS Y ASESORAR SOBRE AQUELLOS ASPECTOS RELACIONADOS CON SU FUNCION QUE LE SEAN SOMETIDOS POR LAS AUTORIDADES COMPETENTES EN MATERIA DE SALUD PUBLICA, SANIDAD VEGETAL Y ORDENACION ALIMENTARIA.

CUATRO.-CONSTITUIR GRUPOS DE TRABAJO AD HOC PARA EL ESTUDIO DE ASPECTOS CONCRETOS RELATIVOS A SUS FUNCIONES.

CUARTO.-LA COMISION CONJUNTA DE RESIDUOS DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS SERA CONVOCADA POR SU PRESIDENTE, POR PROPIA INICIATIVA O A INSTANCIA DEL SUBDIRECTOR GENERAL JEFE DEL SERVICIO DE DEFENSA CONTRA PLAGAS E INSPECCION FITOPATOLOGICA.

LA COMISION ESTABLECERA SU REGIMEN DE FUNCIONAMIENTO Y FIJARA LA PERIODICIDAD DE SUS SESIONES.

QUINTO.-PARA ATENDER AL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISION CONJUNTA, EN COORDINACION CON EL REGISTRO OFICIAL DE PRODUCTOS Y MATERIAL FITOSANITARIO, SE ORGANIZARA UNA SECRETARIA PERMANENTE EN EL SERVICIO DE DEFENSA CONTRA PLAGAS E INSPECCION FITOPATOLOGICA, SIN QUE ELLO IMPLIQUE AUMENTO DE GASTO PUBLICO, CUYAS FUNCIONES SERAN LAS SIGUIENTES:

1. PREPARAR Y CONVOCAR, POR ORDEN DEL PRESIDENTE, LAS REUNIONES DE LA COMISION CONJUNTA Y CONFECCIONAR LAS ACTAS DE LAS MISMAS.

2. RECOPILAR Y DISTRIBUIR ENTRE LOS MIEMBROS DE LA COMISION LA DOCUMENTACION E INFORMACION NECESARIA PARA LAS SESIONES DE TRABAJO.

3. ATENDER CUANTAS CONSULTAS, PETICIONES DE INFORMACION O ACLARACIONES SEAN DE SU CONOCIMIENTO O, EN SU CASO, REMITIRLAS A LA COMISION CONJUNTA O GRUPO DE TRABAJO ESPECIALIZADO CORRESPONDIENTE.

4. ORGANIZAR Y COORDINAR EL FUNCIONAMIENTO DE LOS GRUPOS DE TRABAJO CONSTITUIDOS POR LA COMISION CONJUNTA.

SEXTO.-LOS LIMITES MAXIMOS DE RESIDUOS DE PLAGUICIDAS (LMR) EN ALIMENTOS, DETERMINADOS POR LA COMISION CONJUNTA, SERAN ELEVADOS POR SU PRESIDENTE A LOS MINISTROS DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION Y DE SANIDAD Y CONSUMO PARA SU PROPUESTA CONJUNTA A EFECTOS DE PUBLICACION SEGUN LO ESTABLECIDO EN EL EPIGRAFE 5.3 DE LA REGLAMENTACION TECNICO-SANITARIA PARA LA FABRICACION, COMERCIALIZACION Y UTILIZACION DE PLAGUICIDAS.

SEPTIMO.-LOS FUNCIONARIOS MIEMBROS DE LA COMISION CONJUNTA DE RESIDUOS DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS PERCIBIRAN LOS DERECHOS DE ASISTENCIA CON ARREGLO A LO DETERMINADO EN EL CAPITULO III DEL REAL DECRETO 1344/1984, DE 4 DE JULIO.

MADRID, 18 DE JUNIO DE 1985.-MOSCOSO DEL PRADO Y MUÑOZ.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 18/06/1985
  • Fecha de publicación: 24/06/1985
  • Fecha de derogación: 04/12/2014
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 971/2014, de 21 de noviembre (Ref. BOE-A-2014-12561).
Referencias anteriores
Materias
  • Dirección General de Salud Pública
  • Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación
  • Ministerio de Sanidad y Consumo
  • Plaguicidas
  • Residuos
  • Servicio de Defensa contra Plagas e Inspección Fitopatológica

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