Advertido error en el texto remitido para su publicación de la mencionada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 83, de fecha 6 de abril de 1988, página 10268, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
Artículo 5.°, donde dice: «Si en el patrimonio de la Entidad en liquidación existieren bienes sujetos a medida cautelar, conforme a lo dispuesto en el artículo 42.2.e), de la Ley 33/1984, y sus libros y cuentas no evidencien su situación de insolvencia en la forma prevista... », debe decir: «Si en el patrimonio de la entidad en liquidación existieren bienes sujetos a medida cautelar, conforme a lo dispuesto en el artículo 42.2.e), de la Ley 33/1984, y sus libros y cuentas no evidencian su situación de solvencia en la forma prevista... »
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