Está Vd. en

Documento BOE-A-2004-8947

Orden JUS/1285/2004, de 2 de abril, por la que se acuerda el cambio de capitalidad del Registro de la Propiedad de Paterna n.º 2 a la localidad de Manises.

Publicado en:
«BOE» núm. 116, de 13 de mayo de 2004, páginas 18591 a 18592 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2004-8947
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2004/04/02/jus1285

TEXTO ORIGINAL

El expediente se inició a instancia de la Sra. Registradora de la Propiedad de Paterna N.º 2, doña María Emilia Adán García, sobre cambio de capitalidad del Registro de la Propiedad de Paterna N.º 2 a una de las localidades que forman el distrito hipotecario, Manises o Quart de Poblet.

Fundamenta su pretensión en que el Registro de la Propiedad de Paterna N.º 2, que fue creado por segregación del único de Paterna por Real Decreto 398/2000, de 24 de marzo, cuya circunscripción territorial comprende los términos municipales de Manises y Quart de Poblet, y cuya capitalidad se mantuvo en Paterna, sede del Registro matriz, no tiene conexión territorial con el distrito hipotecario, al no estar en su circunscripción. A ello añade, que los términos municipales de Manises y Quart de Poblet tienen suficiente entidad económica y de población para que el Registro tenga su capitalidad en uno de ellos, y ambos términos municipales se encuentran unidos entre sí y separados de Paterna, lo que dificulta su comunicación por carretera. Por otro lado el aeropuerto de Manises ocupa parte de ambos términos municipales lo que favorece su acceso y comunicación y la Agencia Estatal Tributaria tiene una administración en Manises y los Juzgados se ubican en Quart de Poblet.

En el expediente constan informes razonados, todos en sentido favorable, y en su mayoría partidarios de ubicar su capitalidad en Manises, como son: la Generalitat Valenciana, la Diputació de València, el Ajuntament de Manises, Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Paterna y de Quart de Poblet, el Registrador de la Propiedad de Paterna N.º 1 y los Notarios de Manises y de Paterna. Discrepan, subjetivamente, el Ajuntament de Quart de Poblet y los Notarios de dicha localidad.

El Consejo de Estado ha emitido dictamen en el sentido de que puede accederse al cambio de capitalidad del Registro de la Propiedad de Paterna N.º 2 a la localidad de Manises.

Vistos los artículos 275 de la Ley Hipotecaria y 482 y 483 de su Reglamento.

En este expediente se han cumplido los trámites establecidos en el artículo 483, en relación con el 482, ambos del Reglamento Hipotecario, y parece, como se deduce de lo actuado, que conviene al servicio público realizar el cambio de capitalidad propuesto.

Aunque entre las localidades de Manises y Quart de Poblet no existen diferencias sensibles, puesto que se trata de municipios con análoga población, ambas con un desarrollo urbanístico importante y que tienen gran parte de sus cascos urbanos unidos ; pero, razones históricas, así como el emplazamiento de la administración de la Agencia Estatal Tributaria en Manises y un principio de equilibrio institucional, aconsejan su ubicación en Manises.

Este Ministerio, de conformidad con el Consejo de Estado, ha acordado:

Que el Registro de la Propiedad de Paterna N.º 2, pase a tener su capitalidad en Manises, con esta denominación.

Madrid, 2 de abril de 2004.

MICHAVILA NÚÑEZ

Ilma. Sra. Directora General de los Registros y del Notariado.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 02/04/2004
  • Fecha de publicación: 13/05/2004
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD señalando fecha de funcionamiento: Resolución de 14 de mayo de 2004 (Ref. BOE-A-2004-9884).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • arts. 482 y 483 del Reglamento Hipotecario aprobado por Decreto de 14 de febrero de 1947 (GAZETA :Ref. 1947/03843) (Ref. BOE-A-1947-3843).
    • art. 275 de la Ley Hipotecaria, texto refundido aprobado por Decreto de 8 de febrero de 1946 (GAZETA) (Ref. BOE-A-1946-2453).
  • CITA Real Decreto 398/2000, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-2000-8119).
Materias
  • Hipoteca
  • Registros de la Propiedad

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid