Advertidos errores en la Orden TMA/404/2022, de 25 de abril, por la que se regulan aspectos del régimen de certificación de las entidades encargadas del mantenimiento de vehículos ferroviarios, se modifican los datos inscribibles en el Registro Especial Ferroviario del Reglamento del Sector Ferroviario, aprobado por Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, y se establece un régimen transitorio de homologación para los centros de mantenimiento de material rodante distinto de vagones de mercancías regulado en la Orden FOM/233/2006, de 31 de enero, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 109, de 7 de mayo, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 64140, preámbulo, primer párrafo, tercera línea, donde dice: «con carácter general, por el capítulo V del título I del a nivel nacional existe a su vez un», debe decir: «con carácter general, por el capítulo V del título I del Real Decreto 929/2020, de 27 de octubre, sobre seguridad operacional e interoperabilidad ferroviarias, a nivel nacional existe a su vez un».
En la página 64141, preámbulo, tercer párrafo, décimo octava línea, donde dice: «Agencia Española de Seguridad Ferroviaria», debe decir: «Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria».
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