POR APLICACION DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 14 DE LA LEY 19 1984, DE 8 DE JUNIO, DEL SERVICIO MILITAR, Y EN EL ARTICULO 211 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL SERVICIO MILITAR, APROBADO POR REAL DECRETO 611/1986, DE 21 DE MARZO, A PROPUESTA DEL MINISTRO DE DEFENSA, PREVIA DELIBERACION DEL CONSEJO DE MINISTROS EN SU REUNION DEL DIA 17 DE OCTUBRE DE 1986, DISPONGO:
ARTICULO 1. 1. LA CUANTIA DE LOS EFECTIVOS A INCORPORAR DURANTE EL AÑO 1987 A LAS FUERZAS ARMADAS PARA EFECTUAR EL SERVICIO EN FILAS SERA DE 238.940 MOZOS.
2. ESTOS EFECTIVOS SE CUBRIRAN MEDIANTE LA INCORPORACION A LOS EJERCITOS DE 4.030 MOZOS DEL SERVICIO PARA LA FORMACION DE CUADROS DE MANDO Y ESPECIALISTAS, PARA IMEC E IMERENA; DE 24.343 VOLUNTARIOS NORMALES Y DE 210.567 MOZOS DEL SERVICIO OBLIGATORIO. ART. 2. EL MINISTRO DE DEFENSA, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 14.2 DE LA LEY 19 1984, DE 8 DE JUNIO, Y EN EL ARTICULO 212 DE SU REGLAMENTO, EFECTUARA LA DISTRIBUCION DE ESTE CONTINGENTE ANUAL ENTRE EL EJERCITO DE TIERRA, LA ARMADA Y EL EJERCITO DE AIRE.
ART. 3. EL PRESENTE REAL DECRETO ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
DADO EN MADRID A 17 DE OCTUBRE DE 1986.JUAN CARLOS R.
EL MINISTRO DE DEFENSA,NARCISO SERRA SERRA
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