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Documento BOE-A-1997-4934

Real Decreto 217/1997, de 14 de febrero, por el que se homologan los títulos de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, en Derecho, en Filología Catalana, en Filología Inglesa y en Humanidades, de Ingeniero en Informática, de Ingeniero Técnico en Informática de Gestión y de Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas de la Universidad Oberta de Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 7 de marzo de 1997, páginas 7482 a 7544 (63 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-4934
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1997/02/14/217

TEXTO ORIGINAL

Aprobados por la Universidad Oberta de Cataluña, reconocida como Universidad privada por Ley 3/1995, de 6 de abril, de la Generalidad de Cataluña, los planes de estudios que conducen a la obtención de los títulos de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, en Derecho, en Filología Catalana, en Filología Inglesa y en Humanidades, de Ingeniero en Informática, de Ingeniero Técnico en Informática de Gestión y de Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas, y dado que los mismos se ajustan a las condiciones generales establecidas por la normativa vigente y han sido favorablemente informados por el Consejo de Universidades, procede la homologación de los referidos títulos.

Esta homologación se efectúa de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4 y 5 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios; Reales Decretos 1421/1990, 1424/1990, 1435/1990, 1442/1990, todos ellos de 26 de octubre; 913/1992, de 17 de julio, y 1459/1990, 1460/1990 y 1461/1990, de 26 de octubre, por los que se establecen los títulos universitarios oficiales de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, en Derecho, en Filología Catalana, en Filología Inglesa y en Humanidades, de Ingeniero en Informática, de Ingeniero Técnico en Informática de Gestión y de Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas y las directrices generales propias de los planes de estudio conducentes a la obtención de los mismos, y demás normas dictadas en su desarrollo.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación y Cultura y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de febrero de 1997,

D I S P O N G O :

Artículo 1.

1. Se homologan los títulos de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, en Derecho, en Filología Catalana, en Filología Inglesa y en Humanidades, de Ingeniero en Informática, de Ingeniero Técnico en Informática de Gestión y de Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas de la Universidad Oberta de Cataluña conforme a los planes de estudio que se contienen en el anexo.

2. A los títulos a que se refiere el apartado anterior, les será de aplicación lo establecido en los artículos 1 al 5 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre.

3. Las futuras modificaciones de los indicados planes de estudio serán homologadas por el Consejo de Universidades conforme a las condiciones generales legalmente establecidas.

Artículo 2.

Los títulos a que se refiere el artículo anterior se expedirán por el Rector de la Universidad Oberta de Cataluña, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, y normas dictadas en su desarrollo, con expresa mención del presente Real Decreto que homologa los títulos.

Disposición final primera.

Por la Ministra de Educación y Cultura, en el ámbito de sus competencias, se dictarán las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Real Decreto.

Disposición final segunda.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 14 de febrero de 1997.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Educación y Cultura,

ESPERANZA AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA

(ANEXO OMITIDO)

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 14/02/1997
  • Fecha de publicación: 07/03/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 08/03/1997
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA el plan:
    • de Ingeniero en Informática, por Resolución de 4 de abril de 2006 (Ref. BOE-A-2006-7315).
    • de Licenciado en Humanidades, por Resolución de 22 de septiembre de 2004 (Ref. BOE-A-2004-17925).
    • de Ingeniero en Informática, por Resolución de 15 de octubre de 2003 (Ref. BOE-A-2003-23396).
    • de Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas, por Resolución de 15 de octubre de 2003 (Ref. BOE-A-2003-23397).
    • de Ingeniero Técnico en Informática de Gestión, por Resolución de 15 de octubre de 2003 (Ref. BOE-A-2003-23398).
    • de Licenciado en Humanidades, por Resolución de 9 de julio de 2003 (Ref. BOE-A-2003-16106).
    • de Licenciado en Derecho, por Resolución de 9 de julio de 2003 (Ref. BOE-A-2003-16103).
    • de Licenciado en Administración y Dirección de empresas, por Resolución de 9 de julio de 2003 (Ref. BOE-A-2003-16109).
    • de Licenciado en Administración y Dirección de empresas, por Resolución de 30 de octubre de 2002 (Ref. BOE-A-2002-23879).
    • de Licenciado en Derecho, por Resolución de 17 de julio de 2002 (Ref. BOE-A-2002-17034).
    • de Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas, por Resolución de 17 de julio de 2002 (Ref. BOE-A-2002-17035).
    • de Licenciado en FIlología Catalana, por Resolución de 17 de julio de 2002 (Ref. BOE-A-2002-16967).
    • de Licenciado en Administración y Dirección de empresas, por Resolución de 17 de julio de 2002 (Ref. BOE-A-2002-16968).
    • de Ingeniero en Informática, por Resolución de 17 de julio de 2002 (Ref. BOE-A-2002-16971).
    • de Ingeniero Técnico en Informática de Gestión, por Resolución de 17 de julio de 2002 (Ref. BOE-A-2002-16966).
    • de Licenciado en Filología Catalana, por Resolución de 18 de julio de 2001 (Ref. BOE-A-2001-16135).
    • de Licenciado en Derecho, por Resolución de 18 de julio de 2001 (Ref. BOE-A-2001-16136).
    • de Licenciado en Humanidades, por Resolución de 18 de julio de 2001 (Ref. BOE-A-2001-16066).
    • el plan de Licenciado en Humanidades, por Resolución de 25 de abril de 2001 (Ref. BOE-A-2001-9336).
    • el plan de Licenciado en Filología Catalana, por Resolución de 25 de abril de 2001 (Ref. BOE-A-2001-9337).
    • de Ingeniero en Informática, por la Resolución de 15 de noviembre de 2000 (Ref. BOE-A-2000-22601).
    • de Licenciado en Filología Catalana, por Resolución de 6 de septiembre de 2000 (Ref. BOE-A-2000-21963).
    • de Licenciado en Administración y Dirección de empresas, por Resolución de 6 de septiembre de 2000 (Ref. BOE-A-2000-21964).
    • de Licenciado en Derecho, por Resolución de 6 de septiembre de 2000 (Ref. BOE-A-2000-21501).
    • de Ingeniero Técnico en informática de Gestión, por Resolución de 6 de septiembre de 2000 (Ref. BOE-A-2000-21503).
    • de Licenciado en Humanidades, por Resolución de 1 de junio de 1999 (Ref. BOE-A-1999-13816).
    • de Licenciado en Derecho, por Resolución de 1 de junio de 1999 (Ref. BOE-A-1999-13814).
    • de Licenciado en Administración y Dirección de empresas, por Resolución de 1 de junio de 1999 (Ref. BOE-A-1999-13815).
    • de Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas, por Resolución de 1 de junio de 1999 (Ref. BOE-A-1999-13818).
    • de Ingeniero Técnico en Informática de Gestión, por Resolución de 1 de junio de 1999 (Ref. BOE-A-1999-13817).
    • licenciado en Derecho, por Resolución de 20 de enero de 1999 (Ref. BOE-A-1999-2762).
    • de Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas, por Resolución de 20 de enero de 1999 (Ref. BOE-A-1999-2761).
    • de Ingeniero Técnico en Informática de Gestión, por Resolución de 20 de enero de 1999 (Ref. BOE-A-1999-2760).
  • SE CORRIGEN errores:
Referencias anteriores
Materias
  • Homologación de títulos académicos
  • Planes de estudios
  • Títulos académicos y profesionales
  • Universidad Oberta de Cataluña

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