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Documento BOE-A-2014-7287

Corrección de errores del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 10 de julio de 2014, páginas 54112 a 54117 (6 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-2014-7287
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rdl/2014/07/04/8/corrigendum/20140710

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 163, de 5 de julio de 2014, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 52548, quinta y sexta líneas, donde dice: «quedando comprendidas las diez nuevas ciudades que ese enumeran», debe decir: «quedando comprendidas las diez nuevas ciudades que se enumeran».

En la página 52566, último párrafo, segunda línea, donde dice: «… contratos formativos previstos por el artículo 12 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, …», debe decir: «… contratos formativos previstos por el artículo 11 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, …».

En la página 52585, final del artículo 20.7, donde dice: «(…) anexo IX», debe decir: «(…) anexo VIII».

En la página 52589, primera línea del artículo 28.2, donde dice: «(…) en esta sección (…)», debe decir: «(…) en este capítulo (…)».

En la página 52590, al final del último párrafo del artículo 29.1, letra f), «donde dice: «(…) anexo VIII, punto 5.», debe decir: «(…) anexo VIII, punto 6.».

En la página 52590, tercera línea de la letra g) del artículo 29.1, donde dice: «(…) en el apartado 1 del anexo VIII (…)», debe decir: «(…) en el apartado 4 del anexo VIII (…)».

En la página 52601, al final del artículo 47 se suprime la siguiente expresión «Disposición adicional séptima. Modificación de los anexos».

En la página 52603, en la penúltima línea del número 7.º del artículo 50.3.d), donde dice: «Consejo de 21 de abril de 2004. Sobre los requisitos de seguro», debe decir: «Consejo de 21 de abril de 2004, sobre los requisitos de seguro».

En la página 52605, en la novena línea del antepenúltimo párrafo del apartado 6 del artículo 50, donde dice: «por el apartado 3, letra d), números 2.º, 3.º y 7.º, y apartado 4.», debe decir: «por el apartado 3, letra d), número 7.º, y apartado 4».

En la página 52616, párrafo décimo, línea segunda, donde dice: «(…) artículo 19, letra e), (…)», debe decir: «(…) artículo 19, letra d), (…)».

En la página 52621, título del artículo 57, donde dice: «Artículo 22. Modificación de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.», debe decir: «Modificación de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.».

En la página 52622, título del artículo 58, donde dice: «Artículo 23. Listado de operadores al por mayor de GLP con obligación de suministro domiciliario de gases licuados del petróleo envasados.», debe decir: «Listado de operadores al por mayor de GLP con obligación de suministro domiciliario de gases licuados del petróleo envasados.».

En la página 52623, artículo 59 apartado 3 se divide en dos apartados 3 y 4 con la siguiente redacción:

«3. Las empresas titulares de activos sujetas a retribución regulada a las que se apliquen, en alguna de sus áreas, normativas específicas que supongan unos mayores costes en la actividad que desempeñen, podrán establecer convenios u otros mecanismos con las Administraciones Públicas para cubrir el sobrecoste ocasionado. En ningún caso el sobrecoste causado por estas normas formará parte de la retribución reconocida a estas empresas, no pudiendo por tanto ser sufragado a través de los ingresos del sistema gasista.

4. Los costes del sistema serán financiados mediante los ingresos del sistema gasista. Estos costes, que se determinarán de acuerdo con lo dispuesto en el presente real-decreto-ley y sus normas de desarrollo, serán los siguientes:

a) Retribución de las actividades de transporte, regasificación, almacenamiento básico y distribución.

b) Retribución de la gestión técnica del sistema.

c) Tasa de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

d) En su caso, el coste diferencial del suministro de gas natural licuado o gas manufacturado y/o aire propanado distinto del gas natural en territorios insulares que no dispongan de conexión con la red de gasoductos o de instalaciones de regasificación, así como la retribución correspondiente al suministro a tarifa realizado por empresas distribuidoras, en estos territorios.

e) Medidas de gestión de la demanda, en el caso en que así sean reconocidas reglamentariamente, conforme a lo establecido en el artículo 84.2 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.

f) Anualidad correspondiente a los desajustes temporales a la que se hace referencia en el artículo 61 del presente real decreto ley, con sus correspondientes intereses y ajustes.

g) Cualquier otro coste atribuido expresamente por una norma con rango legal cuyo fin responda exclusivamente a la normativa del sistema gasista.»

En la página 52623, artículo 59, los apartados 4 y 5 quedan reenumerados como 5 y 6, respectivamente.

En la página 52624, artículo 60, apartado 5, donde dice: «… el gas de operación para autoconsumo requeridos por…», debe decir: «… el gas de operación para autoconsumo requerido por…».

En la página 52624, artículo 62, apartado 1, donde dice: «… 1. La retribución de cada empresa distribuidora, desde el 1 de enero de 2014 hasta la fecha de entrada en vigor del presente real decreto ley será…», debe decir: «… 1. La retribución de cada empresa distribuidora, desde el 1 de enero de 2014 hasta la fecha de entrada en vigor del presente real decreto ley que se denominará primer periodo de 2014 será…».

En la página 52625, artículo 62, apartado 1, donde dice: «… y la retribución de las actividades reguladas y se denominará primer periodo de 2014.», debe decir: «… y la retribución de las actividades reguladas.».

En la página 52625, título del artículo 64, donde dice: «Artículo 29. Determinación de la retribución de las actividades de regasificación, transporte y almacenamiento básico de gas natural», debe decir: «Determinación de la retribución de las actividades de regasificación, transporte y almacenamiento básico de gas natural».

En la página 52630, artículo 70 apartado 1, donde dice: «… el segundo año anterior al periodo anual de la obligación artículo.», debe decir: «… el segundo año anterior al periodo anual de la obligación.».

En la página 52631, artículo 73 apartado 3, donde dice: «b) La Dirección General de Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía.», debe decir: b) La Dirección General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía.».

En la página 52632, artículo 75 apartado 5, donde dice: «… resulten obligados de acuerdo con el artículo 34 de este real decreto-ley…», debe decir: «… resulten obligados de acuerdo con el artículo 69 de este real decreto-ley…».

En la página 52633, título del artículo 77, donde dice: «Artículo 77. Artículo 42. Responsables», debe decir: «Artículo 77. Responsables».

En la página 52637, artículo 82 apartado 4 donde dice: «… las circunstancias concurrentes:», debe decir: «… las circunstancias concurrentes.».

En la página 52638, artículo 85, apartado 1, donde dice: «… de los preceptos de esta Ley…», debe decir: «… de los preceptos de este real decreto-ley…».

En la página 52638, artículo 85, apartado 2, donde dice: «… por las infracciones tipificadas en esta ley…», debe decir: «… por las infracciones tipificadas en este real decreto-ley…».

En la página 52640, novena línea, donde dice: «Subsección 1.», debe decir: «Subsección 1.ª».

En la página 52641, artículo 95.1.a), donde dice: «Autorización de cesión y consulta de datos personales, por parte de las personas y entidades establecidas en el artículo a), b) y c) del artículo 88.», debe decir: «Autorización de cesión y consulta de datos personales, por parte de las personas y entidades establecidas en los apartados a), b) y c) del artículo 88.»

En la página 52644, artículo 101.3, segundo párrafo, donde dice: «Con independencia de dichos procedimiento de baja, …», debe decir: «Con independencia de dichos procedimientos de baja, …».

En la página 52644, artículo 101.4, segundo párrafo, segunda línea, donde dice: «… algunas de las medidas o acciones previstas en el artículo 106, 107, 108 y 109.», debe decir: «… algunas de las medidas o acciones previstas en el artículo 106.».

En la página 52645, artículo 103.2, donde dice: «… previo acuerdo con las partes responsables de desarrollo de actuaciones…», debe decir: «… previo acuerdo con las partes responsables del desarrollo de actuaciones…».

En la página 52645, artículo 105.1, último párrafo, donde dice: «… en los apartados 3 y 4 del artículo 106…», debe decir: «… en los apartados c) y d) del artículo 106…».

En la página 52646, artículo 105.7, donde dice: «Los usuarios que estén siendo atendidos con alguna de las medidas o acciones previstas en los artículos 68, 69, 70 y 71, seguirán siendo beneficiarios y las empresas, incluidos los trabajadores autónomos, recibiendo los incentivos contemplados en el presente Real Decreto-Ley aun habiendo superado la edad prevista en el primer párrafo del apartado 4 del artículo 63.», debe decir: «Los usuarios que estén siendo atendidos con alguna de las medidas o acciones previstas en el artículo 106 seguirán siendo beneficiarios, y las empresas, incluidos los trabajadores autónomos, seguirán recibiendo los incentivos contemplados en los artículos 107, 108 y 109, aun habiendo superado la edad prevista en el primer párrafo del apartado 4 del artículo 101.».

En la página 52647, artículo 107.1, primer párrafo, segunda línea, donde dice: «… a una persona beneficiaria del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, mayor de 16 años y menor de 25, y en el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento mayores de 16 años y menores de 30, disfrutarán de una bonificación mensual...», debe decir: «… a una persona beneficiaria del Sistema Nacional de Garantía Juvenil disfrutarán de una bonificación mensual…».

En la página 52648, rúbrica del artículo 108, donde dice: «Modificación de la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendimiento y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo», debe decir: «Modificación de la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo».

En la página 52648, artículo 108, primer párrafo, donde dice: «La Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendimiento y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, …», debe decir: «La Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, …».

En la página 52650, artículo 111.1.e), segundo párrafo, donde dice: «– Datos de características personales: datos de familia, sexo, nacionalidad, y estado civil.», debe decir: «– Datos de características personales: datos de familia, sexo, nacionalidad y estado civil.».

En la página 52651, artículo 112, tercer párrafo, donde dice: «La Comisión estará integrada por un máximo de tres representantes de cada una de las comunidades autónomas participantes en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales de entre los ámbitos de empleo, educación, servicios sociales y/o juventud. Igualmente, formarán parte de la Comisión aquellos miembros que designe el Ministerio de Empleo y Seguridad Social en el ámbito de la Dirección General que tenga atribuidas las competencias para la administración del Fondo Social Europeo y en el ámbito del Servicio Público de Empleo Estatal, así como en cualquier otro que le sea competente.», debe decir: «La Comisión estará integrada por un máximo de tres representantes de cada una de las comunidades autónomas participantes en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales de entre los ámbitos de empleo, educación, servicios sociales y/o juventud, así como los organismos intermedios del Fondo Social Europeo de las comunidades autónomas. Igualmente, formarán parte de la Comisión aquellos miembros que designe el Ministerio de Empleo y Seguridad Social en el ámbito de la Dirección General que tenga atribuidas las competencias para la administración del Fondo Social Europeo y en el ámbito del Servicio Público de Empleo Estatal, así como cualquier otro miembro que resulte competente por razón de la materia.».

En la página 52651, artículo 113.1, donde dice: «Los procedimientos regulados en el capítulo I del título IV del real decreto-ley se regirán, en primer término, por los preceptos contenidos en ella...», debe decir: «Los procedimientos regulados en el capítulo I del título IV del real decreto-ley se regirán, en primer término, por los preceptos contenidos en él…».

En la página 52653, artículo 114.Dos, en la redacción dada al apartado f) del artículo 4 bis.4 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, donde dice: «… Recoge las acciones y medidas actuaciones que van dirigidas...», debe decir: «… Recoge las acciones, medidas y actuaciones que van dirigidas…».

En la página 52654, primera línea, donde dice: «… Consejo General del Sistema Nacional de Empleo, regulado en el artículo 7.1.b), …», debe decir: «… Consejo General del Sistema Nacional de Empleo, regulado en el artículo 7.b), …».

En la página 52675, disposición adicional decimoséptima, apartado 4, segunda línea, donde dice: «(…) de este artículo, se realizará por ENAIRE (…)», debe decir: «(…) de esta disposición, se realizará por ENAIRE (…)».

En la página 52676, disposición adicional vigésimo primera, donde dice: «(…) la prestación del servicio público que constituye el Registro Civil continuará siendo gratuita, sin excepción de ningún tipo.99.», debe decir: «(…) la prestación del servicio público que constituye el Registro Civil continuará siendo gratuita, sin excepción de ningún tipo.».

En la página 52678, Disposición transitoria primera, donde dice: «… a que se hace referencia en los artículos 28.1 y 29.1 las cantidades…», debe decir: «… a que se hace referencia en los artículos 63.1 y 64.1 las cantidades…».

En la página 52679, Disposición transitoria tercera, donde dice: «Lo dispuesto en el artículo 32.Uno de este real decreto-ley…», debe decir: «Lo dispuesto en el artículo 67.Uno de este real decreto-ley…».

En la página 52679, sexta línea del primer párrafo de la disposición transitoria cuarta, apartado 2, donde dice: «(…) en la disposición transitoria tercera, apartado 1. (…)», debe decir: «(…) en la disposición transitoria sexta, apartado 1. (…)».

En la página 52679, al final del párrafo segundo de la disposición transitoria cuarta, apartado segundo, donde dice: «(…) en el artículo 103.», debe decir: «(…) en el artículo 35.».

En la página 52681, primera línea del párrafo noveno, donde dice: «(…) índice P definido en el anexo I superase (…)», debe decir: «(…) índice P definido en el anexo VIII superase (…)».

En la página 52682, al inicio del primer párrafo, donde dice: «(…) anexo I de este real decreto-ley (…)», debe decir: «(…) anexo VIII de este real decreto-ley (…)».

En la página 52682, primera línea de la disposición transitoria séptima, donde dice: «(…) en la disposición transitoria tercera, (…)», debe decir: «(…) en la disposición transitoria sexta, (…)».

En la página 52684, Disposición final primera, apartado 3, donde dice: «3. El artículo 5 de este real decreto-ley se dicta al amparo del artículo 149.1.13.ª de la Constitución que atribuye al Estado la competencia sobre las «bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.», debe decir: «3. Los artículos 4, 5 y 7 de este real decreto-ley se dictan al amparo del artículo 149.1.13.ª de la Constitución que atribuye al Estado la competencia sobre las «bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica».

En la página 52684, Disposición final primera donde dice: «5. El título IV se dicta al amparo…», debe decir: «5. El título III se dicta al amparo…».

En la página 52684, Disposición final primera, se debe incluir un nuevo apartado, que debería ser el número 7, pasando los actuales 7 y 8 a ser 8 y 9, respectivamente, del siguiente tenor:

«7. Lo previsto en el título V se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.14.ª de la Constitución que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de Hacienda general».

En la página 52684, disposición final primera, se introduce un apartado 10 con la siguiente redacción; «10. El capítulo III del título I se dicta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.6.ª, 11.ª y 13.ª de la Constitución.».

En la página 52685, Disposición final cuarta, apartado 2, donde dice: «a modificar los artículos 28 y 29 y los anexos X (metodología….», debe decir: «a modificar los artículos 63 y 64 y los anexos X (Metodología…».

En la página 52686, segunda línea del apartado 3 de la disposición final quinta, donde dice: «(…) en el artículo 16.3 (…)», debe decir: «(…) en el artículo 32.3 (…).».

En la página 52699, al final del párrafo noveno, donde dice: «(…) previstas en el artículo 24.», debe decir: «previstas en el título II, capítulo I.».

En la página 52705, anexo X, apartado 6, segundo párrafo donde dice: «en las retribuciones de años anteriores como…», debe decir: «en las retribuciones de años anteriores y RDn-1 como…».

En la página 52707, Anexo XI, apartado 2, donde dice: «1. La retribución anual por disponibilidad…», debe decir: «a) La retribución anual por disponibilidad…».

En la página 52707, Anexo XI, apartado 2, donde dice: «2. Los costes de inversión…», debe decir: «b) Los costes de inversión…».

En la página 52708, Anexo XI, apartado 2, donde dice: «3. La retribución por amortización del elemento de inmovilizado “i”, …», debe decir: «c) La retribución por amortización del elemento de inmovilizado “i”, …».

En la página 52708, Anexo XI, apartado 2, donde dice: «4. La retribución financiera de la inversión del elemento de inmovilizado “i”, …», debe decir: «d) La retribución financiera de la inversión del elemento de inmovilizado “i”, …».

En la página 52709, Anexo XI, apartado 2, donde dice: «5. Una vez finalizada…», debe decir: «e) Una vez finalizada…».

En la página 52709, Anexo XI, apartado 2, donde dice: «6. En el caso de los gasoductos de…», debe decir: «f) En el caso de los gasoductos de…».

En la página 52709, Anexo XI, apartado 2, donde dice: «7. Los costes de operación y mantenimiento de…», debe decir: «g) Los costes de operación y mantenimiento de…».

En la página 52709, Anexo XI, apartado 2, último párrafo, donde dice: «Para el cálculo de Los costes de operación y mantenimiento para cada elemento del inmovilizado…», debe decir: «Para el cálculo de los costes de operación y mantenimiento para cada elemento de inmovilizado…».

En la página 52710, Anexo XI, apartado 3, primer párrafo, donde dice: «… por continuidad de suministro (RCS n), …», debe decir: «… por continuidad de suministro (RCS n i, A), …».

En la página 52710, Anexo XI, apartado 3, en la explicación de la fórmula del primer punto, donde dice: «Siendo m el número total de elementos “j” en el año “n-1”.», debe decir: «Siendo m el número total de elementos “i” en el año “n-1”.».

En la página 52710, Anexo XI, apartado 3, en la fórmula del segundo punto, donde dice:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2014/167/07287_001.png

Debe decir:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2014/167/07287_002.png

En la página 52711, Anexo XI, apartado 4, último párrafo, donde dice: «… se puede considerar son 30 TWhMWh…», debe decir: «… se puede considerar son 30 TWh…».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 10/07/2014
  • La corrección de errores de las leyes 3/2013, de 4 de junio; 56/2003, de 16 de diciembre y 21/2003, de 7 de julio, se establece por estar modificadas por el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio.
Referencias anteriores
Materias
  • Administraciones Públicas
  • Aeronaves
  • Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea
  • Ayudas
  • Cinematografía
  • Comercio
  • Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
  • Concesiones administrativas
  • Contratos de trabajo
  • Controladores aéreos
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Empleo
  • Empresas de trabajo temporal
  • Empresas públicas
  • Entidades de crédito
  • Estatuto de los Trabajadores
  • Ferrocarriles
  • Fuerzas Armadas
  • Gas
  • Haciendas Locales
  • Hidrocarburos
  • Hipoteca
  • Horario comercial
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Instituto de Crédito Oficial
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  • Juventud
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