Padecido error en la inserción de la citada Resolución, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 2, de fecha 3 de enero de 1989, se transcribe la siguiente rectificación:
En la página 81.-En el primer párrafo, donde dice: «... para los que el Gobierno ha aprobado la aplicación del régimen retributivo en dicha ley, ...», debe decir «... para los que el Gobierno ha aprobado la aplicación del régimen retributivo previsto en dicha Ley, ...».
En la página 82.-Apartado 2.1, donde dice: «... percibirán las retribuciones correspondientes a 1989, con la misma estructura retributiva ...», debe decir «... percibirán las retribuciones correspondientes a 1988, con la misma estructura retributiva...».
En la página 83.-Anexo II:
Donde dice: «Nivel de complemento de destino: 23. Cuantía mensual: 37.419», debe decir «Nivel de complemento de destino: 23. Cuantía mensual: 57.419».
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