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Documento BOE-A-2008-6368

Resolución de 8 de abril de 2008, de la Subsecretaría, por la que se establece la aplicación del procedimiento para la presentación de la autoliquidación y las condiciones para el pago por vía telemática de la tasa de derechos de examen respecto de pruebas selectivas de acceso a Cuerpos y Escalas de funcionarios o a las categorías de personal laboral convocadas por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 11 de abril de 2008, páginas 19551 a 19552 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2008-6368
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2008/04/08/(2)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, modificado por las Leyes 50/1998, de 30 de diciembre, y 55/1999, de 29 de diciembre, regula la tasa por derechos de examen aplicable como consecuencia de la participación como aspirantes en pruebas selectivas de acceso o de promoción a los Cuerpos o Escalas de funcionarios o a las categorías de personal laboral convocadas por la Administración Pública estatal, produciéndose el devengo de dicha tasa en el momento de la solicitud de inscripción en las mencionadas pruebas selectivas. Por otra parte, el artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevé el empleo y aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos por las Administraciones públicas en el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus funciones. Tal previsión fue desarrollada por los Reales Decre-tos 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas en el ámbito de la Administración General del Estado, y 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado, la expedición de copias de documentos y la devolución de originales y el régimen de las oficinas de registro. Con posterioridad, a fin de conseguir una Administración electrónica y permitir el acceso a las Administraciones Públicas, la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, supone la creación de un marco jurídico que facilite la utilización de medios electrónicos. La Orden TAS/408/2008, de 18 de febrero, crea el registro electrónico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y regula el servicio de notificaciones electrónicas, estableciéndose los requisitos generales para su aplicación a determinados procedimientos. La Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, regula los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de de la Administración General del Estado y sus organismos públicos. En su apartado tercero prevé que, por Resolución del Subsecretario de cada Departamento Ministerial, se podrá establecer que el pago de las tasas gestionadas por dicho Departamento pueda efectuarse a través de las condiciones establecidas en la citada Orden, previo informe del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y valoración técnica del Departamento de Informática de la Agencia Tributaria. En consecuencia, al objeto de poder llevar a cabo la presentación de la autoliquidación y pago de la tasa por medios telemáticos, de acuerdo con lo previsto en el apartado tercero de la Orden HAC/729/2003, y previo informe del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, dispongo:

Primero. Objeto.-La presente Resolución tiene por objeto establecer la aplicación del procedimiento para la presentación de la autoliquidación y las condiciones para el pago por vía telemática de la tasa por derechos de examen en la solicitud de inscripción a pruebas selectivas de ingreso en Cuerpos y Escalas de funcionarios o a las categorías de personal laboral convocadas por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Segundo. Sujetos pasivos.-Los sujetos pasivos que pueden efectuar el pago de esta tasa, por los medios telemáticos aquí descritos, son los aspirantes en pruebas selectivas de acceso o de promoción a Cuerpos y Escalas de funcionarios o a las categorías de personal laboral convocadas por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Tercero. Modelos normalizados.-El modelo normalizado de solicitud de admisión a pruebas selectivas en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y liquidación de la tasa de derechos de examen (modelo 790), incluido en el Anexo I de esta Resolución, se encuentra disponible en la página web: www.mtas.es Cuarto. Registro electrónico de tramitación del procedimiento.-La recepción de la documentación y el pago de la tasa prevista en la presente Resolución podrá realizarse a través del Registro Electrónico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales creado por Orden TAS/408/2008, de 18 de febrero, accesible mediante la página web: www.mtas.es Quinto. Requisitos.-Los sujetos pasivos que efectúen el pago de tasas de forma telemática han de cumplir los siguientes requisitos:

a) Disponer de número de identificación fiscal (NIF).

b) Disponer de firma electrónica avanzada basada en un certificado de usuario que sea admitido por la Agencia Tributaria como medio de identificación y autenticación en sus relaciones telemáticas con los contribuyentes. c) Tener una cuenta abierta en una entidad colaboradora en la gestión recaudatoria que se haya adherido al sistema previsto en la Resolución de 26 de julio de 2006 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre asistencia a los obligados tributarios y ciudadanos en su identificación telemática ante las Entidades Colaboradoras con ocasión de la tramitación de procedimientos tributarios y aparezca en la relación de entidades que se muestre en la opción de pago de la «oficina virtual» de la página Web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

El pago también puede realizarse por una persona distinta del sujeto pasivo, en cuyo caso será ésta la que deberá cumplir con los requisitos b) y c).

Sexto. Procedimiento para el pago de la tasa por vía telemática.-El pago telemático tendrá siempre carácter voluntario y alternativo, en su caso, al procedimiento presencial que se establezca en cada una de las convocatorias de pruebas selectivas. Una vez cumplimentada la solicitud, los sujetos pasivos que deseen proceder al pago por vía telemática lo realizarán conforme a lo dispuesto en el apartado cuarto.2 de la Orden HAC/729/2003 y su importe se ingresará a través de las cuentas restringidas abiertas en las entidades de depósito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria que tiene encomendada la Agencia Tributaria en los términos establecidos en el apartado 6 de la Orden de 4 de junio de 1998 del Ministerio de Economía y Hacienda. La transmisión de la solicitud, en la cual va incluida la liquidación, se realizará en la misma fecha en que tenga lugar el ingreso resultante de la misma. Una vez efectuado el pago, la entidad financiera colaboradora generará el número de referencia completa (NRC), que será enviado al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, el cual, después de efectuar las comprobaciones oportunas, enviará un mensaje al interesado de confirmación de la realización del ingreso. Este mensaje de confirmación permitirá la impresión del modelo 790 cumplimentado y pagado. En el modelo así impreso figurará el NRC y le servirá al interesado como justificante de la presentación de la instancia y del pago de la tasa. En el supuesto de que fuesen rechazados, se mostrarán en la pantalla los datos y la descripción de los errores detectados. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales podrá a disposición de los interesados los mecanismos de ayuda y soporte a la operación, que serán publicados y accesibles a través de la página web www.mtas.es

Séptimo. Entrada en vigor.-Esta Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 8 de abril de 2008.-La Subsecretaria de Trabajo y Asuntos Sociales, Aurora Domínguez González.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 08/04/2008
  • Fecha de publicación: 11/04/2008
  • Fecha de entrada en vigor: 12/04/2008
Referencias anteriores
Materias
  • Administración electrónica
  • Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
  • Oposiciones y concursos
  • Tasas

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