El artículo 5 del Real Decreto 719/2017, de 14 de julio, sobre la anotación y cancelación de notas desfavorables en la documentación militar del personal, establece que la facultad para cancelar las notas desfavorables del personal de los Ejércitos corresponde al Mando o Jefe de Personal correspondiente.
Razones de celeridad y simplificación en la tramitación de algunos expedientes administrativos aconsejan delegar la competencia atribuida a mi autoridad en el general Director de Personal del Ejército de Tierra.
Por ello, en uso de las facultades que me confiere el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y con la autorización del Jefe de Estado Mayor del Ejército, dispongo:
Se delega en el general Director de Personal del Ejército de Tierra la competencia cancelar las notas desfavorables en la hoja de servicios del personal militar del Ejército de Tierra.
Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud del apartado anterior indicarán expresamente esta circunstancia, haciendo constar en la antefirma «Por delegación» con referencia a esta resolución.
En todo momento, y mediante acuerdo motivado, mi autoridad podrá avocar para sí el conocimiento y resolución de cualquier asunto de la delegación que se otorga en la presente resolución, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La presente Resolución producirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 28 de febrero de 2018.–El General Jefe del Mando de Personal del Ejército de Tierra, Teodoro Baños Alonso.
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