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A los efectos de dar publicidad a la Resolución del Consejo de Administración del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, de 9 de septiembre de 2020, por la que se delegan competencias para la formalización de convocatorias de ayudas establecidas al amparo de la Orden TED/765/2020, de 3 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a la inversión en instalaciones de producción de energía térmica con fuentes de energía renovable, susceptibles de ser cofinanciadas con fondos de la Unión Europea, y de conformidad con lo previsto en el artículo 7.7 del Estatuto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) aprobado por Real Decreto 18/2014, de 17 de enero, se ordena la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución cuyo texto se inserta a continuación.
Madrid, 11 de septiembre de 2020.–La Secretaria de Estado de Energía y Presidenta del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, Sara Aagesen Muñoz.
El Consejo de Administración del IDAE, en su sesión número 298 de fecha 9 de septiembre de 2020, ha acordado, por unanimidad, delegar en el Director General la competencia para formalizar las convocatorias correspondientes que se establezcan al amparo de lo establecido por la Orden TED/765/2020, de 3 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a la inversión en instalaciones de producción de energía térmica con fuentes de energía renovable, susceptibles de ser cofinanciadas con fondos de la Unión Europea, que dicho Consejo de Administración apruebe previamente.
El Director General podrá rectificar los errores materiales o aritméticos de los que las citadas convocatorias pudieran adolecer.
Asimismo, también ha acordado en la misma sesión, y por unanimidad, delegar en el Director General la competencia para formalizar los extractos de tales convocatorias y cumplimentar lo dispuesto por el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el apartado 3 del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, este Consejo de Administración resuelve acordar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de tales acuerdos.
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