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Documento BOE-A-2022-5652

Resolución de 7 de marzo de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta relativa a las tablas salariales de los centros de educación especial para los años 2020 y 2021 del XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 7 de abril de 2022, páginas 46950 a 46957 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2022-5652
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2022/03/07/(6)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta relativa a las tablas salariales de los centros de educación especial para los años 2020 y 2021 del XV Convenio Colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad (código de convenio: 99000985011981), que fue suscrito con fecha 2 de diciembre de 2021, de una parte por las organizaciones empresariales AEDIS, ANCEE, CECE y EyG en representación de las empresas del sector, y de otra parte por los sindicatos UGT Servicios Públicos y FECCOO en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 7 de marzo de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACTA DE FIRMA DEL ACUERDO DE LAS TABLAS SALARIALES DE LOS CENTROS DE EDUCACIÓN ESPECIAL PARA LOS AÑOS 2020 Y 2021 DEL XV CONVENIO COLECTIVO GENERAL DE CENTROS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Asistentes:

AEDIS:

Don Óscar García.

Doña Raquel Manjavacas.

FECCOO:

Don Pedro Ocaña.

Doña Paloma Perona.

ANCEE

Don Pedro Muñoz.

UGT Servicios Públicos:

Doña Ana Castaño.

Doña Patricia Gómez.

CECE:

Don Santiago García.

Doña Basília Cuellar.

EYG:

Don Iván Hodar.

En Madrid siendo las 13:00 horas del día 2 de diciembre de 2021 se reúnen en modalidad presencial en la sede de AEDIS sita en la calle Orense, número 26, planta 1, oficina 7, 28020, Madrid los reseñados al margen en representación de sus respectivas organizaciones, para proceder a la firma del acuerdo de las tablas salariales de los centros de educación especial pertenecientes a los años 2020 y 2021 del XV Convenio Colectivo General de Centros y Servicios de Atención a Personas con Discapacidad, cuya inscripción se ordenó por Resolución de la Dirección General de Empleo, de 27 de junio de 2019 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 159, del día 4 de julio de 2019.

Tras la reunión mantenida en la mañana de hoy 2 de diciembre de 2021, en mesa negociadora, las organizaciones AEDIS, ANCEE, CECE, EyG, UGT Servicios Públicos y FECCOO han alcanzado el acuerdo de revisión salarial que se plasma en las tablas adjuntas.

Por tanto, AEDIS, ANCEE, CECE, EyG, UGT Servicios Públicos y FECCOO, reconociendo, que existe mayoría suficiente para que la mencionada revisión salarial tenga eficacia general, proceden a la firma de las tablas salariales de los centros educativos no concertados, y de los centros educativos concertados, con un 2 % de incremento para el año 2020 y un incremento del 0,9 % para el año 2021, que se anexan a este acta. Asimismo se modifica el redactado de la disposición transitoria séptima, cuyo redactado también se anexa.

Se mandata a la secretaría del Convenio, concretamente a Paloma Perona Mejías para el registro y tramitación telemática de este acuerdo con el fin de su posterior publicación en el BOE.

Tablas salariales 2020 Personal Complementario y Personal de Administración y Servicios de Centros de Educación Especial con Concierto

Categoría Salario base Antigüedad (valor del trienio) Nocturnidad (complemento hora nocturna)
1. Psicólogo/a. 1.891,69 68,51 4,24
2. Pedagogo/a. 1.891,69 68,51 4,24
3. Psicopedagogo/a. 1.891,69 68,51 4,24
4. Otros titulados grado superior o postgrado. 1.891,69 68,51 4,24
5. Logopeda. 1.731,37 45,74 3,88
6. Fisioterapeuta. 1.731,37 45,74 3,88
7. Trabajador/a social. 1.731,37 45,74 3,88
8. Otros titulados grado Medio o grado. 1.731,37 45,74 3,88
IV. Personal Complementario Auxiliar      
1. Auxiliar técnico educativo-Educador de educación especial. 1.009,80 37,38 2,27
2. Cuidador/a. 1.009,80 36,35 2,27
3. Intérprete en lengua de signos. 1.249,50 45,79 2,8
4. Técnico Superior en Integración Social. 1.249,50 45,79 2,8
V.1 Personal de Administración      
1. Jefe/a de administración. 1.436,06 53,69 2,92
2. Jefe/a de 1.ª de administración. 1.346,13 49,64 2,74
3. Técnico/a de gestión administrativa. 1.284,64 46,98 2,61
4. Oficial/a de 1.ª de administración. 964,44 36,59 1,96
5. Oficial/a de 2.ª de administración. 922,51 33,82 1,88
6. Auxiliar gestión administrativa. 862,34 31,57 1,75
V.2 Personal de Servicios Generales      
7. Oficial/a de 1.ª de oficios. 971,25 38,57 1,98
8. Oficial/a de 2.ª de oficios. 914,52 35,49 1,86
9. Jefe/a cocina. 1.064,95 42,96 2,17
10. Cocinero/a. 914,52 35,49 1,86
11. Ayudante de cocina. 798,13 30,84 1,62
12. Conductor/a. 914,52 35,49 1,86
13. Auxiliar de servicios generales. 866,67 33,94 1,76
14. Personal de Servicios domésticos. 775,32 30,09 1,58

Tablas salariales 2021 Personal Complementario y Personal de Administración y Servicios de Centros de Educación Especial con Concierto

Categoría Salario base Antigüedad (valor del trienio) Nocturnidad (complemento hora nocturna)
1. Psicólogo/a. 1.908,72 69,13 4,32
2. Pedagogo/a. 1.908,72 69,13 4,32
3. Psicopedagogo/a. 1.908,72 69,13 4,32
4. Otros titulados grado superior o postgrado. 1.908,72 69,13 4,32
5. Logopeda. 1.746,95 46,15 3,96
6. Fisioterapeuta. 1.746,95 46,15 3,96
7. Trabajador/a social. 1.746,95 46,15 3,96
8. Otros titulados grado Medio o grado. 1.746,95 46,15 3,96
IV Personal Complementario Auxiliar      
1. Auxiliar técnico educativo-Educador de educación especial. 1.018,89 37,72

2,31

2. Cuidador/a. 1.018,89 36,68 2,31
3. Intérprete en lengua de signos. 1.260,75 46,20 2,86
4. Técnico Superior en Integración Social. 1.260,75 46,20 2,86
V.1 Personal de Administración      
1. Jefe/a de administración. 1.448,98 54,18 2,95
2. Jefe/a de 1.ª de administración. 1.358,25 50,09 2,76
3. Técnico/a de gestión administrativa. 1.296,20 47,40 2,64
4. Oficial/a de 1.ª de administración. 973,12 36,92 1,98
5. Oficial/a de 2.ª de administración. 930,81 34,13 1,89
6. Auxiliar gestión administrativa. 870,1 31,85 1,77
V.2 Personal de Servicios Generales      
7. Oficial/a de 1.ª de oficios. 980,00 38,91 1,99
8. Oficial/a de 2.ª de oficios. 922,75 35,81 1,88
9. Jefe/a cocina. 1.074,54 43,35 2,19
10. Cocinero/a. 922,75 35,81 1,88
11. Ayudante de cocina. 805,31 31,12 1,64
12. Conductor/a. 922,75 35,81 1,88
13. Auxiliar de servicios generales. 874,47 34,24 1,78
14. Personal de Servicios domésticos. 782,3 30,36 1,59

Tablas salariales del personal docente en pago delegado 2020

II.Personal docente

Categoría Salario Trienio
Profesor/a de secundaria. 1.900,79 48,82
Profesor/a de primaria y EBO. 1.618,63 38,72
Profesor/a de educación infantil. 1.618,63 38,72
Profesor/a de audición y lenguaje. 1.618,63 38,72
Profesor/a de apoyo. 1.618,63 38,72
Profesor/a de taller. 1.618,63 38,72

Plus de cargo del personal docente

Complementos por cargo directivo-pedagógico en centros educativos con concierto

  Importe complemento mes Trienio
Director/a Pedagógico/a. 356,84 13,32
Subdirector/a Pedagógico/a. 256,79 11,83
Jefe/a de estudios. 231,05 11,10
Jefe/a Departamento. 205,48 9,87
Encargado/a de residencia. 136,27  
Secretario/a. 157,38  

Tablas salariales del personal docente en pago delegado 2021

II.Personal docente

Categoría Salario Trienio
Profesor/a de secundaria. 1.917,90 49,26
Profesor/a de primaria y EBO. 1.633,20 39,07
Profesor/a de educación infantil. 1.633,20 39,07
Profesor/a de audición y lenguaje. 1.633,20 39,07
Profesor/a de apoyo. 1.633,20 39,07
Profesor/a de taller. 1.633,20 39,07

Plus de cargo del personal docente

Complementos por cargo directivo-pedagógico en centros educativos con concierto

  Importe complemento mes Trienio
Director/a Pedagógico/a. 360,05 13,44
Subdirector/a Pedagógico/a. 259,10 11,94
Jefe/a de estudios. 233,13 11,20
Jefe/a Departamento. 207,33 9,96
Encargado/a de residencia. 137,5  
Secretario/a. 158,8  

Tablas salariales del personal en centros educativos sin concierto 2020

  Tablas salariales 2020

Salario base

Antigüedad (valor del trienio) Nocturnidad (complemento/ hora nocturna)
II. Personal docente      
1. Profesor/a de secundaria. 1.795,2 67,03 5,27
2. Profesor/a de primaria y EBO. 1.466,76 47,36 4,11
3. Profesor/a de educación infantil. 1.466,76 47,36 4,11
4. Profesor/a de audición y lenguaje. 1.326 48,28 3,71
5. Profesor/a de apoyo. 1.326 48,28 3,71
6. Profesor/a de taller. 1.244,4 41,43 3,48
III. Personal complementario titulado      
1. Psicólogo/a. 1.795,2 67,03 4,03
2. Pedagogo/a. 1.795,2 67,03 4,03
3. Psicopedagogo/a. 1.795,2 67,03 4,03
4. Otros titulados de grado superior o postgrado. 1.795,2 67,03 4,03
5. Logopeda. 1.326 48,28 2,98
6. Fisioterapeuta. 1.326 48,28 2,98
7. Trabajador/a social. 1.326 48,28 2,98
8. Otros titulados de grado medio o grado. 1.326 48,28 2,98
IV. Personal complementario auxiliar      
1. Auxiliar técnico educativo-Educador/a de educación especial. 1.030,2 38,25 2,31
2. Cuidador/a. 1.009,8 35,47 2,27
3. Intérprete en lengua de signos. 1.250 45,79 2,8
4. técnico superior de integración social. 1.250 45,79 2,8
V. Personal de Administración y Servicios Generales      
V.1 Personal de Administración      
1. Jefe/a de administración. 1.435,14 53,65 2,92
2. Jefe/a de 1.ª de Administración. 1.346,4 49,61 2,74
3. Técnico/a de gestión administrativa. 1.290,3 46,92 2,63
4. Oficial/a de 1.ª de Administración. 1.009,8 35,47 2,05
5. Oficial/a de 2.ª de administración. 1.009,8 35,47 2,05
6. Auxiliar de gestión administrativa. 950 34,58 1,93
V.2 Personal de Servicios Generales      
7. Oficial/a de 1.ª de oficios. 1.009,8 35,47 2,05
8. Oficial/a de 2.ª de oficios. 1.009,8 35,47 2,05
9. Jefe/a de cocina. 1.250 40,88 2,54
10. Cocinero/a. 1.009,8 35,47 2,05
11. Ayudante de cocina. 950 33,9 1,93
12. Conductor/a. 1.009,8 35,47 2,05
13. Auxiliar de servicios generales. 950 33,9 1,93
14. Personal de servicios domésticos. 950 33,9 1,93

Plus de cargo del personal docente

Complementos por cargo directivo-pedagógico en centros educativos sin concierto

  Sueldo mes Trienio
Director/a Pedagógico/a. 377,11 14,09
Subdirector/a Pedagógico/a. 271,37 12,51
Jefe/a de estudios. 244,17 11,73
Secretario/a. 152,85
Encargado/a de residencia. 132,47

Tablas salariales del personal en centros educativos sin concierto 2021

  Tablas salariales 2021

Salario base

Antigüedad (valor del trienio) Nocturnidad (complemento/hora nocturna)
II. Personal docente      
1. Profesor/a de secundaria. 1.811,36 67,63 5,31
2. Profesor/a de primaria y EBO. 1.479,96 47,79 4,15
3. Profesor/a de educación infantil. 1.479,96 47,79 4,15
4. Profesor/a de audición y lenguaje. 1.337,93 48,71 3,74
5. Profesor/a de apoyo. 1.337,93 48,71 3,74
6. Profesor/a de taller. 1.255,6 41,8 3,51
III. Personal complementario titulado      
1. Psicólogo/a. 1.811,36 67,63 4,10
2. Pedagogo/a. 1.811,36 67,63 4,10
3. Psicopedagogo/a. 1.811,36 67,63 4,10
4. Otros titulados de grado superior o postgrado. 1.811,36 67,63 4,10
5. Logopeda. 1.337,93 48,71 3,03
6. Fisioterapeuta. 1.337,93 48,71 3,03
7. Trabajador/a social. 1.337,93 48,71 3,03
8. Otros titulados de grado medio o grado. 1.337,93 48,71 3,03
IV. Personal complementario auxiliar      
1. Auxiliar técnico educativo-Educador/a de educación especial. 1.039,47 38,59 2,35
2. Cuidador/a. 1.018,89 35,79 2,31
3. Intérprete en lengua de signos. 1.261,25 46,20 2,86
4. Técnico superior de integración social. 1.261,25 46,20 2,86
V. Personal de Administración y Servicios Generales      
V.1 Personal de Administración      
1. Jefe/a de administración. 1.448,06 54,13 2,95
2. Jefe/a de 1.ª de Administración. 1.358,52 50,06 2,76
3. Técnico/a de gestión administrativa. 1.301,91 47,34 2,65
4. Oficial/a de 1.ª de Administración. 1.018,89 35,79 2,07
5. Oficial/a de 2.ª de administración. 1.018,89 35,79 2,07
6. Auxiliar de gestión administrativa. 958,55 34,89 1,95
V.2 Personal de Servicios Generales      
7. Oficial/a de 1.ª de oficios. 1.018,89 35,79 2,07
8. Oficial/a de 2.ª de oficios. 1.018,89 35,79 2,07
9. Jefe/a de cocina. 1.261,25 41,17 2,57
10. Cocinero/a. 1.018,89 35,79 2,07
11. Ayudante de cocina. 958,55 34,89 1,95
12. Conductor/a. 1.018,89 35,79 2,07
13. Auxiliar de servicios generales. 958,55 34,89 1,95
14. Personal de servicios domésticos. 958,55 34,89 1,95

Plus de cargo del personal docente

Complementos por cargo directivo-pedagógico en centros educativos sin concierto

  Sueldo mes Trienio
Director/a Pedagógico/a. 380,53 14,22
Subdirector/a Pedagógico/a. 273,81 12,62
Jefe/a de estudios. 246,37 11,84
Secretario/a. 154,22
Encargado/a de residencia. 133,66
Disposición transitoria séptima. Aplicación del SMI.

Para la aplicación correcta del Real Decreto 817/2021, de 28 de septiembre, se establece un complemento personal y absorbible para los casos en los que la cuantía del salario en su conjunto y en cómputo anual fuera inferior al SMI, de tal manera que se garantice que el trabajador/a percibe, como mínimo, 965 euros mensuales en los términos que establece el mencionado Real Decreto.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/03/2022
  • Fecha de publicación: 07/04/2022
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 27 de junio de 2019 (Ref. BOE-A-2019-9974).
Materias
  • Asistencia social
  • Centros residenciales para personas con discapacidad
  • Convenios colectivos
  • Discapacidad
  • Educación Especial

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